MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MIRTEC INDUSTRIAL LIMITADA

RUT 76097406-4 CVE 1572649
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de marzo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2019

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La vigencia de la sociedad se extenderá desde esta fecha hasta el diez de diciembre de dos mil veintitrés, plazo que se entenderá automáticamente y sucesivamente prorrogado por periodos de cinco años cada uno de ellos si ninguno de los socios da a los otros noticia de su voluntad de no perseverar en el contrato, mediante aviso, otorgado por escritura pública, anotado al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación a la expiración del periodo que corresponda

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de maestranza en su más amplia gama, por cuenta propia o ajena; mantención de equipos industriales; importación, exportación, comercialización, compra, venta, reparación, modificación, fabricación de máquinas industriales y estanques, partes, piezas y repuestos: fabricación de herramientas, estructuras metálicas, cañerías, y otros negocios que los socios acuerden

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don José Mauricio Moyano Farías, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, JOSÉ MAURICIO MOYANO FARIAS, y GLORIA EDITH GONZALEZ MARIN, ambos con domicilio en Parcela Cincuenta y nueve, Condominio San Vicente, Pirque, y de paso en ésta. Mediante escritura pública de fecha veinte de abril del año dos mil diez, otorgada ante el Notario Público Titular de San Miguel, don Omar Retamal Becerra, don José Mauricio Moyano Farías y doña Gloria Edith González Marín, constituyeron “MIRTEC INDUSTRIAL LIMITADA”, con nombre de fantasía “MIRTEC”, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número treinta y nueve mil seiscientos cuarenta y nueve, de fecha treinta de abril del año dos mil diez y se inscribió en el Registro de Comercio del CBR de Santiago a fojas 19.832 número 13.445 año 2010. Por el presente instrumento socios acuerdan transformar la persona jurídica señalada en una sociedad por acciones. NOMBRE: “MIRTEC INDUSTRIAL SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad indistintamente las expresiones “MIRTEC” o “MIRTEC INDUSTRIAL”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de maestranza en su más amplia gama, por cuenta propia o ajena; mantención de equipos industriales; importación, exportación, comercialización, compra, venta, reparación, modificación, fabricación de máquinas industriales y estanques, partes, piezas y repuestos: fabricación de herramientas, estructuras metálicas, cañerías, y otros negocios que los socios acuerden. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan los socios en el resto del país o en el extranjero. DURACION: La vigencia de la sociedad se extenderá desde esta fecha hasta el diez de diciembre de dos mil veintitrés, plazo que se entenderá automáticamente y sucesivamente prorrogado por periodos de cinco años cada uno de ellos si ninguno de los socios da a los otros noticia de su voluntad de no perseverar en el contrato, mediante aviso, otorgado por escritura pública, anotado al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación a la expiración del periodo que corresponda. ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don José Mauricio Moyano Farías, amplias facultades. CAPITAL: $12.000.000, divididos en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, que los socios constituyentes suscriben y pagan en este acto, ingresando al contado y en dinero efectivo a la caja social la cantidad de DOCE MILLONES DE PESOS, los que han sido pagados en partes iguales por ambos socios, a razón de cincuenta acciones cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 11 de Marzo de 2019.