Inversiones P&J SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2019
- Repertorio
- 9301-2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $36.038.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifico: Por escritura hoy ante mí, Repertorio 9301-2019, se redujo a escritura pública Junta General Extraordinaria de Accionistas de "INVERSIONES P&J SpA”, RUT 77.692.150-5, celebrada con fecha 29 de marzo de 2019, mediante la cual, sus accionistas, MANUEL JOSÉ PHILLIPS GARRETÓN, VALENTINA PHILLIPS JANSSEN y MATÍAS PHILLIPS JANSSEN, acordaron: Uno) Rectificar el acta de la Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 5 de noviembre de 2018, en el sentido que, el capital accionario de Inversiones P&J SpA es la suma de $36.038.000, dividido en 10.000 acciones aportado y distribuido de la siguiente manera por sus accionistas: a) Don Manuel José Phillps Garretón, con 8.000 acciones, que equivalen al 80 % del capital social con un valor de $28.830.400.-; b) Doña Valentina Phillips Janssen, con 1.000 acciones equivalentes al 10 % del capital social, con un valor de $3.603.800.-. c) Don Matías Phillips Janssen, con 1.000 acciones equivalentes al 10 % del capital social, con un valor de $3.603.800.-. Conforme a lo anterior, los accionistas modifican el artículo quinto de los estatutos sociales, contenidos en la escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2018 otorgada en la Notaría de Santiago de Félix Jara Cadot, quedando éste como sigue: ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de treinta y seis millones treinta y ocho mil pesos dividido en diez mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Dos) En todo lo demás, los accionistas de Inversiones P&J SpA, reunidos en Junta General Extraordinaria, ratifican en todas sus partes los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria de fecha 5 de noviembre de 2018, los cuales dan por íntegramente reproducidos en este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de abril de 2019. F. Jara C.N.P.