CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES SANTA CLAUDIA SpA

RUT 16702776-8 CVE 1571880
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de marzo de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2019
Notario
ESMERALDA LUZ MUÑOZ IGLESIAS
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad SANTIAGO
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será el transporte terrestre de pasajeros, de carga por carretera, servicios de transportes y logística, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo, sea propios o ajenos; la adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena toda clase de vehículos destinados al transporte de carga, de pasajeros, la adquisición, enajenación, arrendamiento y administración de los mismos, así como la celebración y ejecución de cualquier acto o contrato que diga relación con dichos bienes. Podrá también la sociedad celebrar actos y contratos y ejecutar toda clase de negocios o actividades comerciales referidas a la importación y exportación de toda clase de productos, particularmente los atingentes al rubro transportes de vehículos de tracción mecánica en su más amplia y extensa gama, sin limitación alguna, así como cualesquier otra actividad que este directa o indirectamente relacionada con lo anterior

Administración

-Será Administrador General de TRANSPORTES SANTA CLAUDIA SpA.” Fantasía: SANTA CLAUDIA SpA., Claudia del Pilar Silva León, quien actuará en la toma de decisiones y acuerdos con todas las facultades y prerrogativas que se señalan en el artículo segundo transitorio de estos estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMERALDA LUZ MUÑOZ IGLESIAS, Notario Público Titular de San Miguel, con Oficio en Gran Avenida 12.536, El Bosque, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Marzo del año 2019, repertorio número 377-2019, ante PATRICIA ELIANA ALVEAR ASTORGA Notario público suplente de este Oficio, CLAUDIA DEL PILAR SILVA LEON, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad 16.702.776-8, domiciliada en Condominio El Real, Edificio La Merced N° 508, San Felipe, constituye sociedad por acciones. Nombre: TRANSPORTES SANTA CLAUDIA SpA. Nombre Fantasía: SANTA CLAUDIA SpA.- Domicilio: Ciudad SANTIAGO sin perjuicio sucursales otros lugares país y extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será el transporte terrestre de pasajeros, de carga por carretera, servicios de transportes y logística, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo, sea propios o ajenos; la adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena toda clase de vehículos destinados al transporte de carga, de pasajeros, la adquisición, enajenación, arrendamiento y administración de los mismos, así como la celebración y ejecución de cualquier acto o contrato que diga relación con dichos bienes. Podrá también la sociedad celebrar actos y contratos y ejecutar toda clase de negocios o actividades comerciales referidas a la importación y exportación de toda clase de productos, particularmente los atingentes al rubro transportes de vehículos de tracción mecánica en su más amplia y extensa gama, sin limitación alguna, así como cualesquier otra actividad que este directa o indirectamente relacionada con lo anterior. Capital: $5.000.000.- dividido en 500 ACCIONES, cada una $10.000.- nominativa misma serie sin valor nominal suscribe y paga accionista constituyente Claudia del Pilar Silva León al contado dinero efectivo, suma que ingresa este acto patrimonio social. Enterado y pagado íntegramente capital social.- ADMINISTRACIÓN.-Será Administrador General de TRANSPORTES SANTA CLAUDIA SpA.” Fantasía: SANTA CLAUDIA SpA., Claudia del Pilar Silva León, quien actuará en la toma de decisiones y acuerdos con todas las facultades y prerrogativas que se señalan en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones constan escritura extractada. El Bosque a 03 de Abril de 2.019.