TORRES DURAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2019
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Administración
representación y uso de la razón social en la socia Valeska Karina Torres Durán ampliando sus facultades; La sociedad rige desde el 09 de octubre de 2018 y tendrá una duración de 2 años, prorrogándose tácita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 2 años cada uno, salvo que el o los socios, que reúnan en sus manos, en forma individual o en conjunto, más del 50% del total de los derechos sociales manifestare o manifestaren su voluntad de ponerle término mediante una declaración formulada en tal sentido por escritura pública anotada al margen de la inscripción social primitiva de la sociedad en el correspondiente Registro de Comercio, todo ello con una anticipación mínima de tres meses a la fecha del vencimiento del plazo que estuviere en curso. Socios fijan texto refundido sociedad. Demás modificaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Marzo de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7ª Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 14 de marzo de 2019, ante mí, Valeska Karina Torres Durán, Av. Echeñique 6300, Depto. 802-B, comuna de La Reina, y, Sebastián Ignacio Torres Durán, Almirante Latorre 602, depto. 403, comuna de Santiago, modificaron sociedad TORRES DURAN LIMITADA Inscrita Fs. 78.441 Nº 40.158 Reg. Comercio 2018 C.B.R. Stgo. Modificaciones consisten: Aumentan capital social a $10.000.000 quedando enterado modo siguiente: Uno.- Valeska Karina Torres Durán Bruno aportó la suma de $800.000 dinero efectivo pagado al constituir sociedad y aportará $7.200.000 en dinero efectivo en el plazo de 1 año contar de la fecha escritura modificatoria a medida que los negocios sociales lo requieran; y, Dos.- Sebastián Ignacio Torres Durán aportó la suma de $200.000 dinero efectivo pagado al constituir sociedad y aportará $1.800.000 dinero efectivo en el plazo de 1 año contar de la fecha escritura modificatoria a medida que los negocios sociales lo requieran; Eliminan nombres fantasía de la sociedad quedando vigente solamente “High Value Traders Ltda”; Modifican el objeto social el que queda del modo siguiente: El objeto de la sociedad será: a) La importación, exportación, compra, venta, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o de terceros, al por mayor y al detalle, de toda clase de bienes, productos, bebidas y envases de todo tipo, sean degradables o no, que se utilicen en el expendio de alimentos, bebidas de toda clase y mercaderías. La venta de toda clase de estos bienes, productos, bebidas y envases podrá realizarse en forma personal, por correo, teléfono o medio electrónicos; b) Prestar asesorías contables, tributarias laborales, financieras y administrativas de todo tipo a terceros, sea personalmente o a través plataformas o sistemas tecnológicos, medios electrónicos y teléfono; c) Prestar asesorías y consultorías a empresas de terceros relacionadas con el estudio, evaluación, implementación, desarrollo y ejecución de proyectos de ingeniería, sistemas informáticos a empresas de todo tipo, especialmente mineras; d) Prestar asesorías y servicios, por cuenta propia o de terceros, en actividades relacionadas con el turismo nacional e internacional, actuando como agencia de viajes u operador turístico; y, d) Desarrollar todas las actividades comerciales relacionadas o no con el giro social y que los socios acuerden; Conservan la administración. representación y uso de la razón social en la socia Valeska Karina Torres Durán ampliando sus facultades; La sociedad rige desde el 09 de octubre de 2018 y tendrá una duración de 2 años, prorrogándose tácita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 2 años cada uno, salvo que el o los socios, que reúnan en sus manos, en forma individual o en conjunto, más del 50% del total de los derechos sociales manifestare o manifestaren su voluntad de ponerle término mediante una declaración formulada en tal sentido por escritura pública anotada al margen de la inscripción social primitiva de la sociedad en el correspondiente Registro de Comercio, todo ello con una anticipación mínima de tres meses a la fecha del vencimiento del plazo que estuviere en curso. Socios fijan texto refundido sociedad. Demás modificaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Marzo de 2019.