Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2019
- Repertorio
- 2680/2019
- Notario
- ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- 48 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y análisis de cumplimiento a personas naturales o jurídicas, especialmente, pero no limitado al cumplimiento de las disposiciones de la Ley veintiún mil quince que incentiva la inclusión de personas con algún grado de discapacidad al mundo laboral, capacitando y gestionando procesos sustentables de administración de la inclusión y diversidad; b) La venta de productos y servicios orientados a resolver problemas de accesibilidad universal; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, de comunidades y asociaciones en general, e ingresar a las ya constituidas, sean chilenas o extranjeras; y d) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, y la compra, venta, permuta, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, así como la explotación y administración de los mismos. En el cumplimiento de los fines antes señalados, la Sociedad podrá comprar, vender, importar, exportar, producir, distribuir, arrendar, subarrendar, fabricar, diseñar, decorar o transferir y permutar cualquier tipo de bienes muebles e inmuebles y en general, realizar cualquier otra actividad comercial o industrial directa o indirectamente relacionada con los fines de la Sociedad
Administración
La Sociedad será administrada por una o más personas naturales o jurídicas (los “Administradores”), quienes actuando en la forma que se determine en el acto de designación, les corresponde representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Abogado, Notario Público Titular de la 48 Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, sexto piso, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2019, repertorio N°2.680/2019, ante mí, Gloria Alejandra Saavedra González, cédula nacional de identidad N° 16.699.053-k, domiciliada en Licanray 1.344, Puente Alto, Santiago; y Belén Isabel Huerta Venegas, cédula nacional de identidad N° 18.560.334-2, domiciliada en Pasaje Isaías 693, Maipú, Santiago, constituyeron una sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Kosmo Inclusión SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y análisis de cumplimiento a personas naturales o jurídicas, especialmente, pero no limitado al cumplimiento de las disposiciones de la Ley veintiún mil quince que incentiva la inclusión de personas con algún grado de discapacidad al mundo laboral, capacitando y gestionando procesos sustentables de administración de la inclusión y diversidad; b) La venta de productos y servicios orientados a resolver problemas de accesibilidad universal; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, de comunidades y asociaciones en general, e ingresar a las ya constituidas, sean chilenas o extranjeras; y d) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, y la compra, venta, permuta, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, así como la explotación y administración de los mismos. En el cumplimiento de los fines antes señalados, la Sociedad podrá comprar, vender, importar, exportar, producir, distribuir, arrendar, subarrendar, fabricar, diseñar, decorar o transferir y permutar cualquier tipo de bienes muebles e inmuebles y en general, realizar cualquier otra actividad comercial o industrial directa o indirectamente relacionada con los fines de la Sociedad. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Administración: La Sociedad será administrada por una o más personas naturales o jurídicas (los “Administradores”), quienes actuando en la forma que se determine en el acto de designación, les corresponde representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas. Se deja constancia que, en la escritura extractada, sin formar parte de los estatutos de la Sociedad, se designó a doña Gloria Alejandra Saavedra González y a doña Belén Isabel Huerta Venegas para que, obrando individual y separadamente cada una de ellas, actúen como Administradores de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 01 de abril de 2019. ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular.-