COMERCIAL DULCE ESTILO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2019
- Notario
- Jorge Andrés Ossa Cuevas
- Domicilio
- San Miguel con asiento en La Cisterna
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Andrés Ossa Cuevas, Notario Público de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Av. José Miguel Carrera 7710, certifico, Por escritura de fecha 19-03-2019, ante mí: DIEGO NICOLAS CAMPOS PAREDES, domiciliado en Santiago, Central Nº105, El Bosque, JUAN DE DIOS ROJAS CACERES, domiciliado en Santiago, Francisco de Zuñiga Nº3547, Estación Central, y ROBERTO EDMUNDO CAMPOS PIZARRO, domiciliado en Santiago, Central Nº105, El Bosque; modificaron sociedad “COMERCIAL DULCE ESTILO LIMITADA,”, Rut: 76.986.803-8, constituida 18-01-2019, notaría La Cisterna, ante Notario Andres Rodriguez Cruchaga, domiciliado en Gran Av. José Miguel Carrera 7710, La Cisterna, y extracto inscrito Registro Comercio Santiago, Fs. 6905 Nº 3787 año 2019, siguiente manera: a) Se retira de la sociedad Juan De Dios Rojas Cáceres, dueño 50% total capital y derechos sociales, y vende, cede y transfiere al socio don Roberto Edmundo Campos Pizarro, el 50% de los derechos sociales, quien los compra, adquiere y recibe para sí, por $10.000.000.- pagados contado en este acto, En consecuencia, en adelante la sociedad queda integrada por Diego Nicolas Campos Paredes, 50% de participación en el capital y derechos sociales; y por Roberto Edmundo Campos Pizarro, 50% de participación en el capital y derechos sociales; b.- Asimismo modifican Cláusula sexta del pacto social, de administración siguiente sentido: En lo sucesivo la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a los socios Diego Nicolas Campos Paredes y Roberto Edmundo Campos Pizarro, actuando conjunta o separada e indistintamente, con las mismas y amplias facultades establecidas en el Estatuto Social.- Socios declaran que capital social de la sociedad a la fecha no ha sido modificado manteniéndose en $20.000.000.- En lo demás queda vigente el estatuto social. Hay otras estipulaciones en escritura extractada.