ARAYA, AROS y ARAYA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2018
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) Principalmente, el transporte internacional y nacional, a mayor abundamiento, el transporte dentro y fuera del territorio nacional de bienes, productos, mercaderías y cargas en general, por vías terrestres, aéreas y)o marítimas que se efectuará tanto con vehículos propios de la sociedad, arrendados o pertenecientes a terceros que la sociedad tenga a cualquier título, pudiendo hacer a este efecto todas las operaciones comerciales, industriales, administrativas y de cualquier índole que tengan relación o conexión directa o indirectamente con dicha actividad; la explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones e importación o exportación, de toda clase de productos mercaderías o bienes de capital o equipos y)o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica en comercio exterior, así como cualquier otra actividad relacionada con el giro de transporte o que los socios acuerden. B) Servicios de Consultaría, orientación y asesoría técnica en distintas materias relacionadas con el punto A), tales como, jurídicas, de corretaje, negocios, inversión pública y privada, entre otras; C) La importación y exportación, compra y venta, por cuenta propia o ajena, de bienes muebles, artículos, productos y materias primas; D) Tomar representaciones nacionales o extranjeras relacionadas con lo definido en el punto A); E) La constitución de garantías de todo tipo sobre los bienes de la sociedad; y F) La formación de sociedades de cualquier tipo, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas y en general cualquier tipo de negocio que los socios acordaren, relacionado con su giro u otro.- En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes los estatutos sociales de los cuales da cuenta la escritura pública de constitución social y modificatoria.- Santiago, 01 de Abril de 2019.- Félix Jara Cadot.- N.P
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don JORGE MARCIAL ARAYA ANDRADE, domiciliado en Pasaje Puyehue N° 1353, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y don CLAUDIO FRANCISCO ARAYA ANDRADE, domiciliado en Camino Antiguo a Valparaíso N° 3500, Parcela N° 29, Comuna de Padre Hurtado, Región Metropolitana, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “ARAYA, AROS y ARAYA LIMITADA”, constituida con fecha 28 de Septiembre de 2018, ante Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, inscrita a fs.75.309 N° 38.658, Registro Comercio C.B.R. Santiago, año 2018, modificada posteriormente.- Modificación consiste: Los actuales y únicos socios de la sociedad “ARAYA, AROS y ARAYA LIMITADA”, don JORGE MARCIAL ARAYA ANDRADE y don CLAUDIO FRANCISCO ARAYA ANDRADE, vienen en modificar la cláusula CUARTA del pacto constitutivo, quedando como sigue: CUARTO: OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: A) Principalmente, el transporte internacional y nacional, a mayor abundamiento, el transporte dentro y fuera del territorio nacional de bienes, productos, mercaderías y cargas en general, por vías terrestres, aéreas y/o marítimas que se efectuará tanto con vehículos propios de la sociedad, arrendados o pertenecientes a terceros que la sociedad tenga a cualquier título, pudiendo hacer a este efecto todas las operaciones comerciales, industriales, administrativas y de cualquier índole que tengan relación o conexión directa o indirectamente con dicha actividad; la explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones e importación o exportación, de toda clase de productos mercaderías o bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica en comercio exterior, así como cualquier otra actividad relacionada con el giro de transporte o que los socios acuerden. B) Servicios de Consultaría, orientación y asesoría técnica en distintas materias relacionadas con el punto A), tales como, jurídicas, de corretaje, negocios, inversión pública y privada, entre otras; C) La importación y exportación, compra y venta, por cuenta propia o ajena, de bienes muebles, artículos, productos y materias primas; D) Tomar representaciones nacionales o extranjeras relacionadas con lo definido en el punto A); E) La constitución de garantías de todo tipo sobre los bienes de la sociedad; y F) La formación de sociedades de cualquier tipo, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas y en general cualquier tipo de negocio que los socios acordaren, relacionado con su giro u otro.- En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes los estatutos sociales de los cuales da cuenta la escritura pública de constitución social y modificatoria.- Santiago, 01 de Abril de 2019.- Félix Jara Cadot.- N.P.