MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SALERNO LIMITADA

RUT 76871072-4 CVE 1571606
Fecha instrumento
18 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2019
Repertorio
1573-19
Notario
RAÚL UNDURRAGA LASO
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAÚL UNDURRAGA LASO, Notario Público Titular de la 29ª Notaría de Santiago, Mac-Iver Nº225, of. 302, certifica: por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 18 de marzo de 2019, bajo el repertorio N° 1.573-19, INVERSIONES V Y B LIMITADA, INVERSIONES MC LIMITADA, HV INVERSIONES LIMITADA, LUCRECIA MARÍA PATRON COSTAS CORNEJO, MARIO CORREA TAGLE y NICOLÁS JOSÉ AMENABAR DONOSO, todos domiciliados en Avenida El Golf N° 99, of. 401, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA SALERNO LIMITADA, inscrita a fojas 28.304 N° 15.035 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, de la siguiente manera: a) Inversiones MC Limitada vendió, cedió y transfirió el 10% de los derechos sociales a HV Inversiones Limitada quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio y forma de pago señalado en escritura extractada; y, b) Mario Correa Tagle vendió, cedió y transfirió el 5% de los derechos sociales a Inversiones V y B Limitada quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio y forma de pago señalado en escritura extractada. Como consecuencia de la cesión de derechos indicada, la participación de los socios queda de la siguiente forma y proporción: a) Inversiones MC Limitada, 35% de los derechos sociales; b) Inversiones V y B Limitada, 15% de los derechos sociales; c) HV Inversiones Limitada, 20% de los derechos sociales; d) Mario Correa Tagle, 10% de los derechos sociales; e) Nicolás José Amenabar Donoso, 10% de los derechos sociales; y, f) Lucrecia María Patron Costas Cornejo, 10% de los derechos sociales. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de Marzo de 2019.