Tren Al Sur SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2019
- Notario
- Margarita Moreno Zamorano
- Oficio
- Titular de la 27 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $434.750 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Notario Público Suplente del Titular de la 27 Notaria de Santiago, don Eduardo Avello Concha, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 06 de Marzo de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Tren al Sur SpA, inscrita a fojas 48.179 Nº 26.374, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, celebrada el día 07 de mayo de 2018, en la cual se adoptaron los siguientes acuerdos que se extractan: 1) Aumentar el capital social de $434.750.000-, dividido en 43.475 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a $584.750.000.-, dividido en 49.475 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, lo que implica un aumento de capital de $150.000.000.-, mediante la emisión de 6.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, por un valor mínimo de colocación de $25.000.- cada una. 2) Sustituir los Artículos 5º y 1º Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $584.750.000 dividido en 49.475 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos.”, y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO:” El capital de la sociedad es la suma de $584.750.000 dividido en 49.475 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado y por suscribir y pagar de la siguiente manera: i) 43.475 cinco acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 07 de mayo de 2018; y ii) 6.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que deberán ser suscritas y pagadas en el plazo máximo de 31 corridos contados desde el día 07 de mayo de 2018”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 02 de Abril de 2019.