SETZ CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de marzo de 2019
- Repertorio
- 290/2019
- Notario
- EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
- Domicilio
- San Miguel con asiento en La Cisterna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Abogado, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 8867, comuna de La Cisterna, certifica por escritura pública del día 25 de marzo de 2019, anotada bajo el Repertorio N° 290/2019, ante mí: comparece SEBASTIAN MIGUEL ZARINI, argentino, divorciado, Factor de Comercio, cédula de identidad para extranjero número veinticuatro millones ciento sesenta mil seiscientos ochenta y cuatro guión ocho, en representación, de SETZ CHILE SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones novecientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos veinte guión uno, ambos domiciliados en Avenida Ricardo Lyon número quinientos cinco, Departamento mil quinientos uno, comuna de Providencia, de la ciudad de Santiago. El constituyente y único accionista viene en modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: a) Con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad, se modifica el capital social, actualmente de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas de igual valor, aumentándose el capital de la sociedad a la suma de diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones de una misma serie y sin valor nominal y en este acto suscribe la cantidad de nueve millones de pesos, los cuales serán totalmente pagados en el plazo de cinco años, contados desde la fecha del presente instrumento. b) Se modifica la Administración Social comprendida en el Artículo Décimo Tercero del Título Tercero de los Estatutos, la cual queda como se consigna: “La administración y representación de la sociedad será ejercida indistintamente por don SEBASTIAN MIGUEL ZARINI y don SEBASTIAN MATÍAS TESTA, ciudadano argentino, casado, Rol Único Tributario número cuarenta y ocho millones doscientos nueve mil novecientos cuarenta y cinco guión cinco, del mismo domicilio del compareciente. Los administradores tendrán las más amplias facultades. En todo lo no modificado rige el pacto social primitivo.