MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD EDUCACIONAL BOSQUE COLORES LIMITADA

RUT 76196854-8 CVE 1570236
Fecha instrumento
20 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2019
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 20.832

Objeto social

Por el presente instrumento, con el objeto de cumplir con lo dispuesto en el artículo 3 N° 1 de la Ley N° 20.832 que crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia, los socios modifican el objeto social actual, por el siguiente: “El objeto de la sociedad será únicamente educacional, comprendiendo la educación o enseñanza preescolar”; y, ii) Modificación del artículo tercero de los estatutos sociales. Como consecuencia de lo anterior, por el presente acto los socios vienen en modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, reemplazándose íntegramente por la que sigue: “El objeto de la sociedad será únicamente educacional, incluyendo la educación o enseñanza preescolar”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Suplente del Titular, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura publica de fecha 20 de Marzo de 2019, otorgada ante el Titular, doña ANDREA FRANCISCA DOBERTI DÍAZ, cédula nacional de identidad N° 15.643.055-2, y don DIEGO ESTEBAN CAMPOS PALMA, cédula nacional de identidad N° 15.637.487-3, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad denominada SOCIEDAD EDUCACIONAL BOSQUE COLORES LIMITADA, todos Camino La Cumbre N° 4.491, Lo Barnechea, Santiago, en adelante la “Sociedad”, acordaron las siguientes modificaciones: i) Modificación social: Objeto. Por el presente instrumento, con el objeto de cumplir con lo dispuesto en el artículo 3 N° 1 de la Ley N° 20.832 que crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia, los socios modifican el objeto social actual, por el siguiente: “El objeto de la sociedad será únicamente educacional, comprendiendo la educación o enseñanza preescolar”; y, ii) Modificación del artículo tercero de los estatutos sociales. Como consecuencia de lo anterior, por el presente acto los socios vienen en modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, reemplazándose íntegramente por la que sigue: “El objeto de la sociedad será únicamente educacional, incluyendo la educación o enseñanza preescolar”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Marzo de 2019.