TRANSPORTES NORTE SUR CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a. el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b. la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; c. la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; d. todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; e. y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración de la Sociedad se sujetará a las siguientes reglas: 1) No existirá directorio de la Sociedad que ejerza la administración social; 2) Corresponderá la administración y el ejercicio de la razón social a doña RUTH ROXANA MENDOZA ARIAS, quién podrá ejercerla por sí o a través de los representantes que designe mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad. 3) En cuanto sea necesario y conveniente, podrá el socio único o la unanimidad de los socios, según sea el caso, designar un gerente general de la Sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan seguidamente en el Artículo décimo tercero siguiente. - La designación respectiva se hará por escritura pública, la que se inscribirá al margen de la inscripción social; 4) El cargo de administrador de la Sociedad y)o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen la unanimidad de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Suplente de don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Notario Titular de 42° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N° 1070 Piso 2, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de marzo de 2019 otorgada ante el Notario titular, RUTH ROXANA MENDOZA ARIAS, Boliviana, soltera, empresaria, ci ext. N°23.423.950-3, domiciliada para estos efectos en calle Colo Colo 1030, Ñuñoa, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto siguientes disposiciones: NOMBRE: “TRANSPORTES NORTE SUR CHILE SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “MUDANZAS NORTE SUR CHILE”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, agencias y/o sucursales en otras ciudades o localidades, en el país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. OBJETO: a. el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b. la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; c. la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; d. todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; e. y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL: $6.000.000 dividido en 6.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, se suscribe en este acto y se paga íntegramente por doña RUTH ROXANA MENDOZA ARIAS, al contado, en dinero efectivo. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad se sujetará a las siguientes reglas: 1) No existirá directorio de la Sociedad que ejerza la administración social; 2) Corresponderá la administración y el ejercicio de la razón social a doña RUTH ROXANA MENDOZA ARIAS, quién podrá ejercerla por sí o a través de los representantes que designe mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad. 3) En cuanto sea necesario y conveniente, podrá el socio único o la unanimidad de los socios, según sea el caso, designar un gerente general de la Sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan seguidamente en el Artículo décimo tercero siguiente. - La designación respectiva se hará por escritura pública, la que se inscribirá al margen de la inscripción social; 4) El cargo de administrador de la Sociedad y/o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen la unanimidad de los socios. La designación de apoderados para fines especiales podrá hacerla directamente quien ejerza la administración de la Sociedad o su gerente general, de haberlo. Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2019.