MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Pinturas Renacer Limitada

RUT 76300818-5 CVE 1569845
Fecha instrumento
18 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2019
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alvaro D. Gonzalez Salinas, Titular 42º Notaría Santiago, Agustinas N° 1070, Piso 2, certifica: por escritura de fecha 18-03-2019, otorgada ante mí: Doña Alejandra Valeska Olivares Grimberg, chilena, divorciada, factor de comercio, cédula Nº 13.298.862-5; Don Manuel German Méndez Cifuentes, chileno, factor de comercio, divorciado, cédula Nº 10.415.898-6, y Don Eliseo Andres Anguera Cifuentes, chileno, soltero, factor de comercio, cédula Nº 18.061.100-2, y Don Raul Marcos Rojas Cifuentes, chileno, casado, factor de comercio, cédula Nº 12.490.972-4, todos con domicilio para estos efectos, Calle Radal Nº 76, Estación Central, modifican sociedad de responsabilidad limitada “Pinturas Renacer Limitada”, RUTNº 76.300.818-5, inscrita fs. 49.813 Nº 33.203, año 2013, en siguiente sentido: Don Eliseo Andres Anguera Cifuentes, vende, cede y transfiere el 50 % del haber social, de la siguiente forma: 1) a Don Manuel German Mendez Cifuentes, el 30% del haber social, en la suma de $3.000.000; 2) a Doña Alejandra Valeska Olivares Grimberg, el 10% del haber social, en la suma de $1.000.000, y 3) a Don Raúl Marcos Rojas Cifuentes, el 10% del haber social, en la suma de $1.000.000, pagados de manera indicada en escritura extractada. En consecuencia se retira de la sociedad Don Eliseo Andres Anguera Cifuentes, quedando como únicos socios Don Manuel German Méndez Cifuentes, con el 80 % del haber social, Doña Alejandra Valeska Olivares Grimberg, con el 10% del Haber social, y Don Raúl Marcos Rojas Cifuentes, con el 10% del Haber social.- Socios Modifican cláusula relativa a la administración y uso razón social la cual corresponderá indistintamente a Don Manuel German Mendez Cifuentes, y a Don Raúl Marcos Rojas Cifuentes, cualquiera de ellos, con amplias facultades indicadas en escritura extractada.- en lo no modificado rige pacto social constitutivo.- Santiago 19 de Marzo de 2019.