Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2019
- Repertorio
- 3458/2019
- Notario
- MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La realización de toda clase de operaciones de comercio exterior, mediante transacciones efectuadas o convenidas exclusivamente en moneda extranjera; b) la realización de inversiones en el extranjero, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y c) la prestación de toda clase de servicios en o hacia el extranjero, incluyendo asesorías técnicas, financieras, administrativas y económicas, y todo tipo de asesorías ligadas al comercio exterior y a la realización de inversiones en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas mil ciento sesenta y uno, entrepiso, ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 15/03/2019, repertorio N° 3458/2019, ante mí, Verónica Berta Ca lderón Volochinsky, domiciliada para efectos de escritura extractada en calle Parque Antonio Rabat N° 6.382, depto. 11, Vitacura, Santiago, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: NOMBRE: “INVERSIONES VCV SpA”. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) La realización de toda clase de operaciones de comercio exterior, mediante transacciones efectuadas o convenidas exclusivamente en moneda extranjera; b) la realización de inversiones en el extranjero, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y c) la prestación de toda clase de servicios en o hacia el extranjero, incluyendo asesorías técnicas, financieras, administrativas y económicas, y todo tipo de asesorías ligadas al comercio exterior y a la realización de inversiones en el extranjero. CAPITAL: El capital de la Sociedad corresponde a la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una única serie. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma que se indica en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago 28 marzo 2019.