INVERSIONES Y ASESORIAS ALERCE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2019
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Domicilio
- 16 Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público 16 Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública 11-marzo-2019, ante mí, JOAQUIN ARNOLDO PENROZ DE LA BARRA, ESTELA CRISTINA OLAVARRÍA PESCE, ambos Oscar Tennhan 855, depto.. 181, Las Condes; CLAUDIA PAZ PENROZ OLAVARRIA, Carlos XII, 173, of. 801, Las Condes, INVERSIONES P&P LIMITADA, Camino Cervera s, parcela 8B, Buin y JOAQUIN ALBERTO PENROZ OLAVARRIA, Aldunate 1.090, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES Y ASESORIAS ALERCE LIMITADA” inscrita fs 33.940 Nº 20.941 Registro Comercio Santiago año 1992, en el siguiente sentido: Uno. a) Joaquín Arnoldo Penroz de la Barra vende a Inversiones P&P Limitada 25% derechos sociales b) Estela Cristina Olavarría Pesce vende a Inversiones P&P Limitada 25% derechos sociales. - ambos se retiran de la sociedad. Dos. Se sustituye clausula cuarta por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es de treinta y siete millones de pesos y se encuentra íntegramente enterado, participando los socios en la propiedad del haber social de acuerdo a las siguientes proporciones: a) doña Claudia Paz Penroz Olavarría es dueña de un veinticinco por ciento de los derechos sociales, b) don Joaquín Alberto Penroz Olavarría es dueño de un veinticinco por ciento de los derechos sociales y c) Inversiones P&P Limitada es dueña de un cincuenta por ciento de los derechos sociales.” Tres. Se modifica la cláusula tercera relativa a la administración en el sentido que, a partir de esta fecha, la administración, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá indistintamente a los socios Claudia Paz Penroz Olavarría y/o Joaquín Alberto Penroz Olavarría quienes actuando de la manera indicada representarán a la sociedad con todas las facultades señaladas en la cláusula tercera las que se dan por expresamente reproducidas y sin limitaciones de ninguna especie.- demás estipulaciones escritura extractada. Santiago. 19 de marzo de 2019.-