CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES DOS TORRES SpA

RUT 9248816-0 CVE 1569069
Capital
$12.000 CLP
Fecha instrumento
27 de marzo de 2019
Notaría
Los Ángeles
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de marzo de 2019
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
4° Notaría Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$12.000 CLP
Domicilio
Los Angeles
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A.- La inversión en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, participaciones en sociedades de responsabilidad limitada cualesquiera que sea su objeto, en efectos de comercio como bonos debenture y cualesquier otros que sean creados a futuro tanto en el territorio nacional o extranjero; B.- Inversiones y explotaciones inmobiliarias pudiendo comprar, vender, lotear, parcelar, construir y explotar tanto por cuenta propia o ajena bienes raíces urbanos, rurales ya sean que estos tengan aptitud forestal, agrícola, ganaderos, turísticos y o frutícolas, también podrá dar en arrendamiento inmuebles propios o ajenos, sean estos urbanos con destino comercial, habitacional o industrial y rurales con aptitud forestal, ganadero, frutícolas y o agrícola; C.- Podrá dedicarse a cualquier otro negocio inmobiliario que la constituyente acuerde. Administración y

Administración

corresponderá a a don JOSE ANSELMO TORRES ESCOBAR, médico cirujano, casado, céd. de id. N° 9.086.066-6, domiciliado en Kilometro 7, Camino Los Angeles - Nacimiento, comuna de Los Angeles, con facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Público Titular 4° Notaría Los Ángeles, Caupolicán 355, Los Angeles, certifico: Por escritura pública, REP. 1445-2019, hoy ante mí: doña SANDRA ROSSANA TORRES ESCOBAR, céd. de id. N° 9.248.816-0, domiciliada en calle Marina de Chile N° 3020, sector Lorenzo Arenas 3, Concepción, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES DOS TORRES SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: A.- La inversión en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, participaciones en sociedades de responsabilidad limitada cualesquiera que sea su objeto, en efectos de comercio como bonos debenture y cualesquier otros que sean creados a futuro tanto en el territorio nacional o extranjero; B.- Inversiones y explotaciones inmobiliarias pudiendo comprar, vender, lotear, parcelar, construir y explotar tanto por cuenta propia o ajena bienes raíces urbanos, rurales ya sean que estos tengan aptitud forestal, agrícola, ganaderos, turísticos y o frutícolas, también podrá dar en arrendamiento inmuebles propios o ajenos, sean estos urbanos con destino comercial, habitacional o industrial y rurales con aptitud forestal, ganadero, frutícolas y o agrícola; C.- Podrá dedicarse a cualquier otro negocio inmobiliario que la constituyente acuerde. Administración y representación: corresponderá a a don JOSE ANSELMO TORRES ESCOBAR, médico cirujano, casado, céd. de id. N° 9.086.066-6, domiciliado en Kilometro 7, Camino Los Angeles - Nacimiento, comuna de Los Angeles, con facultades indicadas en escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma la suma de de $12.000.000 dividido en 1.200 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: doña SANDRA ROSSANA TORRES ESCOBAR, suscribe las 1.200 acciones, en la suma de $12.000.000 que entera y paga de la siguiente forma: A.- 200 acciones que equivalen a $2.000.000, valor que entera en dinero efectivo y de contado en este acto; B.- El saldo es decir 1.000 acciones que equivalen a $10.000.000, las pagara de contado y en efectivo en un plazo máximo de 5 años a partir de la firma del presente instrumento. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado parcialmente con esta fecha. Duración: Indefinida. Domicilio: Los Angeles, sin perjuicio de establecer otras sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Los Ángeles, 27 de Marzo de 2019.-