MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA CADBO LIMITADA

RUT 76683492-2 CVE 1569133
Capital
$577.171 CLP
Fecha instrumento
31 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de enero de 2019
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$577.171 CLP
Duración
10 años contados desde fecha escritura constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por iguales períodos de 5 años cada uno en la forma establecida en los Estatutos

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto o

Administración

Corresponderá a don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, quien podrá actuar individualmente con amplias facultades descritas en Estatutos

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA J Y A LIMITADA socio 76805267-0
I. Acordaron la fusión entre las sociedades INMOBILIARIA CADBO LIMITADA socio 76683492-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos número trescientos treinta y dos, Comuna de Santiago, certifico: por escritura pública hoy ante mi: Uno) a) don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, cédula de identidad Nº 8.821.734-9; b) don CRISTIAN RICARDO CÁDIZ BOSCH, cédula de identidad Nº 19.079.160-2; c) doña FRANCISCA ALEJANDRA CÁDIZ BOSCH, cédula de identidad Nº 19.687.246-9; y, d) doña MARIANA CÁDIZ BOSCH, cédula de identidad Nº 20.073.615-K; actuando todos como únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA CADBO LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 2, 76.683.492-todos domiciliados para estos efectos en calle Estoril Nº 120 oficina 611, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, Dos) a) don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, cédula de identidad Nº 8.821.734-9; b) don CRISTIAN RICARDO CÁDIZ BOSCH, cédula de identidad Nº 19.079.160-2; c) doña FRANCISCA ALEJANDRA CÁDIZ BOSCH, cédula de identidad Nº 19.687.246-9; y, d) doña MARIANA CÁDIZ BOSCH, cédula de identidad Nº 20.073.615-K; todos actuando como únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA J Y A LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.805.267-0, todos domiciliados para estos efectos en calle Estoril Nº 120 oficina 611, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron lo siguiente: I. Acordaron la fusión entre las sociedades INMOBILIARIA CADBO LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.683.492-2, Capital: $577.171 e INMOBILIARIA J Y A LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.805.267-0, Capital: $516.437, mediante la incorporación de la segunda en la primera, produciéndose en consecuencia la disolución de la sociedad INMOBILIARIA J Y A LIMITADA, sin que sea necesaria su liquidación, adquiriendo INMOBILIARIA CADBO LIMITADA la totalidad de los activos y pasivos de INMOBILIARIA J Y A LIMITADA, recibiendo los socios de la sociedad absorbida, como contraprestación, derechos sociales en la sociedad absorbente. Por efecto de la fusión, el capital social de la sociedad absorbente, INMOBILIARIA CADBO LIMITADA, aumenta al total de $1.159.121. Por tanto, los actuales y únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA CADBO LIMITADA, don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, don CRISTIAN RICARDO CÁDIZ BOSCH, doña FRANCISCA ALEJANDRA CÁDIZ BOSCH y doña MARIANA CÁDIZ BOSCH, acuerdan por unanimidad modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales, referido al capital social, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma total y única de un millón ciento cincuenta y nueve mil ciento veintiún pesos, que los socios aportaron y pagaron en la siguiente forma y proporción: a) Don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, aportó la suma de ciento dieciséis pesos, equivalente al cero coma cero uno por ciento de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de cincuenta y ocho pesos, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de cincuenta y ocho pesos, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA; b) don CRISTIAN RICARDO CÁDIZ BOSCH, aportó la suma de trescientos ochenta y seis mil trescientos diecisiete pesos, equivalente al treinta y tres coma tres dos ocho cinco por ciento de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de ciento noventa y dos mil trescientos setenta y un pesos, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de ciento noventa y tres mil novecientos cuarenta y seis pesos, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA; c) doña FRANCISCA ALEJANDRA CÁDIZ BOSCH, aportó la suma de trescientos ochenta y seis mil trescientos diecisiete pesos, equivalente al treinta y tres coma tres dos ocho cinco por ciento de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de ciento noventa y dos mil trescientos setenta y un pesos, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de ciento noventa y tres mil novecientos cuarenta y seis pesos, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA; y, d) doña MARIANA CÁDIZ BOSCH, aportó la suma de trescientos ochenta y seis mil trescientos setenta pesos, equivalente al treinta y tres coma tres tres tres por ciento de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de ciento noventa y dos mil trescientos setenta y un pesos, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de ciento noventa y tres mil novecientos noventa y nueve pesos, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado.”; y, II. Tras la fusión, los actuales y únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA CADBO LIMITADA, don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, individualizado precedentemente, don CRISTIAN RICARDO CÁDIZ BOSCH, individualizado precedentemente, doña FRANCISCA ALEJANDRA CÁDIZ BOSCH, individualizada precedentemente, y doña MARIANA CÁDIZ BOSCH, individualizada precedentemente, todos domiciliados para estos efectos en calle Estoril Nº 120, Oficina 611, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron fijar un nuevo texto definitivo y refundido de sus estatutos sociales, en los que se contiene la modificación acordada anteriormente, cuyo tenor es el siguiente: Razón Social: La razón social será INMOBILIARIA CADBO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “INMOBILIARIA CADBO LTDA.” Administración: Corresponderá a don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, quien podrá actuar individualmente con amplias facultades descritas en Estatutos. Capital: El capital de la sociedad es la suma total y única de $1.159.121, que los socios aportaron y pagaron en la siguiente forma y proporción: a) Don JULIÁN GUILLERMO CÁDIZ HERRERA, aportó la suma de $116, equivalente al 0,01% de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de $58, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de $58, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA; b) don CRISTIAN RICARDO CÁDIZ BOSCH, aportó la suma de $386.317, equivalente al 33,3285% de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de $192.371, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de $193.946, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA; c) doña FRANCISCA ALEJANDRA CÁDIZ BOSCH, aportó la suma de $386.317, equivalente al 33,3285% de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de $192.371, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de $193.946, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA; y, d) doña MARIANA CÁDIZ BOSCH, aportó la suma de $386.370, equivalente al 33,333% de los derechos sociales, de la siguiente manera: i. Con la suma de $192.371, con anterioridad a este acto; y, ii. Con la suma de $193.999, en este acto, a través del traspaso de los activos y pasivos pertenecientes a la sociedad absorbida INMOBILIARIA J Y A LIMITADA. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto o giro: a) El desarrollo y gestión de negocios inmobiliarios, relacionados con la explotación, compra, venta y arriendo, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planteamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, departamentos, oficinas y edificios de oficinas, predios urbanos y rurales; y b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados y otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, incluso participar en toda clase de sociedades. Duración: 10 años contados desde fecha escritura constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por iguales períodos de 5 años cada uno en la forma establecida en los Estatutos. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 31 enero 2019. A. MOZO. A. Notario Público.