Sociedad Medica Antreassian y Farah Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2019
- Repertorio
- 584-2019
- Notario
- Francisco Nehme Carpanetti
- Domicilio
- O’Higgins 744
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Medica Antreassian y Farah Limitada | socio | 77861060-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Nehme Carpanetti, Notario Público Titular, O’Higgins 744, Copiapó, certifica: Por escritura pública de 15 marzo 2019, Repertorio N°584-2.019, ante mí, don MAURO RUBIZ ANTREASSIAN TOSO, médico; doña FATIMA DE LOS ANGELES FARAH MAFFEI, secretaria y doña VALENTINA FLORENCIA ANTREASSIAN FARAH, psicóloga, todos Parcela 22 sector 8-2 Chamonate Copiapó, modifican sociedad de responsabilidad limitada Sociedad Medica Antreassian y Farah Limitada, RUT 77.861.060-4, constituida por escritura pública de fecha 14 de octubre de 2002, ante don Eduardo Cabrera Cortés, Notario Público de Copiapó, inscrita a fojas 237 N°173 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, año 2002, publicada en el Diario Oficial del 25 de octubre del año 2002. Modificaciones son: 1) Venta de derechos sociales: Mauro Rubiz Antreassian Toso, vende, 15% de derechos sociales a Valentina Florencia Antreassian Farah, en $150.000.-, en la forma detallada en escritura extractada.- Fátima de los Ángeles Farah Maffei, vende, 15% de derechos sociales a Valentina Florencia Antreassian Farah, en $150.000.- Quedan como socios de Sociedad Medica Antreassian y Farah Limitada don Mauro Rubiz Antreassian Toso con un 35% de derechos sociales, doña Fátima de los Ángeles Farah Maffei con un 35% de derechos sociales y doña Valentina Florencia Antreassian Farah con un 30% de derechos sociales; 2) Se modifica la forma de enterar el capital social, modificándose por ello la cláusula sexta del pacto social la que en lo sucesivo queda redactada del modo siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- capital enterado y pagado por los socios a razón de $350.000.- por el socio don Mauro Rubiz Antreassian Toso; $350.000.- por la socia doña Fátima de los Ángeles Farah Maffei, y $300.000.- por la socia doña Valentina Florencia Antreassian Farah”; y 3) Se modifica la forma y porcentajes de contribución a las pérdidas y participación en las utilidades, modificándose en razón de ello la cláusula séptima del pacto social la que queda redactada de la siguiente forma: SÉPTIMO: Los socios acuerdan que contribuirán a las pérdidas sociales y repartirán entre ellos las utilidades sociales a razón de un 35% el socio don Mauro Rubiz Antreassian Toso, un 35% la socia doña Fátima de los Ángeles Farah Maffei y un 30% la socia doña Valentina Florencia Antreassian Farah.- Las restantes cláusulas del pacto social no experimentan modificación alguna. Copiapó, 26 de marzo de 2019.