Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2019
- Repertorio
- 1134-2019
- Comuna
- Santiago don R
Sociedad
- Capital
- $900.582 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la parte de la provincia de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles; b) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en el área de la computación, el desarrollo de comercio electrónico, tecnologías de la información, publicidad, marketing y comunicaciones; c) Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnologías, efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones; d) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; e) Prestar servicios profesionales y asesorías, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados; y f) Cualquier otra actividad permitida por la legislación Chilena o comparada que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de los mismos en cumplimiento de la legislación nacional o extranjera, según corresponda, que sea aplicable, y, en general, la realización de toda actividad que acuerden los
Personas y entidades (6)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ENRIQUE BESA CORREA | socio | 15959137-9 | — | — | |
| FELIPE ALEJANDRO CUADRA CORTÉS | socio | 15933234-9 | — | — | |
| ADELINE CAMILLE FRANCE COUSTEL | socio | 23692301-0 | — | — | |
| ALEXIS ALEJANDRO GALDAMES GALDAMES empresario | socio | 15986934-2 | — | — | |
| CRISTIÁN FELIPE ALCAYAGA AROS | socio | 13902826-0 | — | — | |
| FELIPE ANDRES ALVARADO MUNDACA | socio | 16337658-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Suplente del Titular de la Décimo Quinta Notaria de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, con oficio en calle Santa Magdalena 98, Providencia, certifico: Que por escritura de 26 de Marzo de 2019, Repertorio N° 1134 - 2019 ENRIQUE BESA CORREA, empresario, R.U.T. N° 15.959.137-9, FELIPE ALEJANDRO CUADRA CORTÉS, empresario, R.U.T. N° 15.933.234-9, ADELINE CAMILLE FRANCE COUSTEL, empresaria, R.U.T. N° 23.692.301-0, ALEXIS ALEJANDRO GALDAMES GALDAMES empresario, R.U.T. N° 15.986.934-2, CRISTIÁN FELIPE ALCAYAGA AROS, empresario, R.U.T. N° 13.902.826-0 y FELIPE ANDRES ALVARADO MUNDACA, empresario, R.U.T. N° 16.337.658-K, todos domiciliados para estos efectos en Nueva de Lyon número setenta y dos, Oficina mil ciento uno, comuna de Providencia.constituyeron sociedad anónima en los términos que se indican a continuación: RAZÓN SOCIAL: “RANKMI CORP S.A.”.- OBJETO: a) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles; b) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en el área de la computación, el desarrollo de comercio electrónico, tecnologías de la información, publicidad, marketing y comunicaciones; c) Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnologías, efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones; d) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; e) Prestar servicios profesionales y asesorías, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados; y f) Cualquier otra actividad permitida por la legislación Chilena o comparada que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de los mismos en cumplimiento de la legislación nacional o extranjera, según corresponda, que sea aplicable, y, en general, la realización de toda actividad que acuerden los accionistas. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la parte de la provincia de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en cualquier otro lugar de Chile o en el extranjero DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la suma de $900.582, dividido en 800.000 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada en la escritura extractada. Santiago, 27 de Marzo de 2019.