Inversiones Viscachas SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2019
- Repertorio
- 8792/2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración y representación le corresponderá actuando en conjunto a don Baltasar Miguel Mayol Calvo y a don Eduardo Valenzuela Barros, en adelante ambos denominados como el Administrador. Artículo Vigésimo Primero: Balance. La sociedad practicará asientos contables en registros permanentes debiendo llevarse estos de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año y deberá firmarse bajo la responsabilidad del Administrador y de un contador. La sociedad no estará obligada a confeccionar memoria anual; demás
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 05 de marzo 2019, repertorio N° 8792/2019, otorgada ante mí, com parece Baltasar Miguel Mayol Calvo y Eduardo Valenzuela Barros, ambos como representantes de Inversiones Calvo Puig S.A, y Baltasar Miguel Mayol Calvo en representación de Viviendas 2000 Limitada, ambos en su calidad de accionistas y socios de Inversiones Viscachas SpA inscrita a fojas 14588 N° 7906 año 1984, vienen en: a) modificar estatutos sociales en sus artículos noveno y vigésimo primero; y b) Refunde estatutos sociales de la sociedad por acciones. Artículo Noveno: Administración. La administración y representación le corresponderá actuando en conjunto a don Baltasar Miguel Mayol Calvo y a don Eduardo Valenzuela Barros, en adelante ambos denominados como el Administrador. Artículo Vigésimo Primero: Balance. La sociedad practicará asientos contables en registros permanentes debiendo llevarse estos de conformidad con principios de contabilidad de aceptación general. La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año y deberá firmarse bajo la responsabilidad del Administrador y de un contador. La sociedad no estará obligada a confeccionar memoria anual; demás. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 19 de marzo de 2019.