AGRÍCOLA COIGÜE GRANDE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.011 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura de fecha 21 de marzo de 2019, ante mí: MARÍA VERÓNICA JARA ALCALDE, ALFREDO JOSÉ JARA ALCALDE, ALBERTO JOSÉ JARA ALCALDE, CLEMENTE JOSÉ JARA ALCALDE, MARÍA VERÓNICA ALCALDE LEMARIE, MARÍA ELISA JARA ALCALDE, DOMINGO JOSÉ JARA ALCALDE, “INVERSIONES JARA ALCALDE LIMITADA”, representada por la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES JARA ALCALDE LIMITADA”, a su vez representada por don JOSÉ ALFREDO JARA VALENZUELA, y MARÍA AMELIA JARA ALCALDE, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle La Cabaña número 237, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, acordaron modificación de estatutos de la sociedad “AGRÍCOLA COIGÜE GRANDE LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 5.274, n° 3.978 del Registro Comercio de Santiago año 2007.- I. Aumento de Capital: Los comparecientes acuerdan aumentar el capital de la “Sociedad” de $9.011.000 a $20.160.000, mediante un aumento de su capital social en la cantidad de $11.149.000, cantidad que es íntegramente pagada por los siguientes socios, dentro del plazo de un año contado desde la presente escritura: (a) la Sociedad “INVERSIONES JARA ALCALDE LIMITADA” con $5.684.800; (b) doña María Verónica Jara Alcalde con $709.100; (c) don Clemente José Jara Alcalde con $709.100; (d) don Alberto José Jara Alcalde con $709.100; (e) don Alfredo José Jara Alcalde con $709.100; (f) doña María Elisa Jara Alcalde con $709.100; (g) don Domingo José Jara Alcalde con $709.100; y, (h) doña María Amelia Jara Alcalde con $709.100. II. Nuevo Socio: A consecuencia del aumento de capital acordado, doña MARÍA AMELIA JARA ALCALDE, con el acuerdo unánime de los actuales socios de la sociedad, se incorpora como nuevo socio de AGRÍCOLA COIGÜE GRANDE LIMITADA, aceptando íntegramente sus estatutos sociales. III. Modificación Pacto Social: Modificación Artículo Cuarto: Producto del aumento de capital de la sociedad, los socios de la sociedad “AGRÍCOLA COIGÜE GRANDE LIMITADA”, acuerdan modificar el artículo cuarto del pacto social, el cual queda redactado con siguiente tenor: “Artículo Cuarto: El capital de la sociedad asciende a la suma $20.160.000, el cual se distribuye entre sus socios de la siguiente manera: i) doña María Verónica Alcalde Lemarie, con $1.008.000, equivalentes en forma aproximada al 5% de los derechos sociales; ii) doña María Verónica Jara Alcalde, con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales; iii) don Clemente José Jara Alcalde, con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales; iv) don Alberto José Jara Alcalde, con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales; v) don Alfredo José Jara Alcalde, con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales; vi) doña María Elisa Jara Alcalde, con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales; vii) don Domingo José Jara Alcalde, con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales; viii) la sociedad “INVERSIONES JARA ALCALDE LIMITADA”, con $10.684.800, equivalentes en forma aproximada a un 53% de los derechos sociales; y ix) doña María Amelia Jara Alcalde con $1.209.600, equivalentes en forma aproximada al 6% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes estatutos sociales. Santiago, 22 de marzo de 2019.-.