AGRÍCOLA BALMORAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Chimbarongo, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: i) El desarrollo de actividades agrícolas de toda índole, especialmente la explotación de predios agrícolas propios, así como aquellos que arriende o administre; la producción y comercialización de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, apícolas y forestales, sea en el mercado interno como externo; la exportación, importación, compra, venta, distribución o representación de toda clase de productos, insumos o maquinarias agrícolas. Comprende también el transporte en sus diversas formas; y, ii) La inversión pasiva en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como derechos en todo tipo de sociedades de personas, acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, otros instrumentos mercantiles y cualquier clase de valores mobiliarios y efectos de comercio. Pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquier otra actividad relacionada o no con los rubros anteriormente señalados, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos
Administración
Los socios acuerdan establecer que la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Esteban Alejandro García Michelini y a doña Claudia Andrea García Michelini, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. En caso de fallecimiento o impedimento permanente de doña Claudia Andrea García Michelini, cuestión que será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Esteban Alejandro García Michelini y a doña Vivian García Michelini, quienes actuando conjuntamente contarán con idénticas facultades que los administradores iniciales. Del mismo modo, en caso de fallecimiento o impedimento permanente de don Esteban Alejandro García Michelini, cuestión que será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a doña Claudia Andrea García Michelini y a doña Vivian García Michelini, quienes actuando conjuntamente contarán con idénticas facultades que los administradores iniciales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura de fecha 18 de marzo de 2019, ante mí: AGAPITO GARCÍA VIDAL, ESTEBAN ALEJANDRO GARCÍA MICHELINI, ambos con domicilio en Ruta Cinco Sur, kilómetro ciento cincuenta, comuna de Chimbarongo, ciudad de San Fernando, de paso en ésta; CLAUDIA ANDREA GARCÍA MICHELINI, con domicilio en San José de la Sierra número setecientos cincuenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago; VIVIAN LINA GARCÍA MICHELINI, con domicilio en calle Cisternas número mil setecientos siete, La Serena, Región de Coquimbo, de paso en ésta; SILVIA MICHELINI PRICE con domicilio en Ruta Cinco Sur, kilómetro ciento cincuenta, comuna de Chimbarongo, ciudad de San Fernando; y, la sociedad “INVERSIONES TINTARA SpA”, domiciliada en Ruta Cinco Sur, kilómetro ciento cincuenta, comuna de Chimbarongo, ciudad de San Fernando, representada por don AGAPITO GARCÍA VIDAL; acuerdan la transformación de la sociedad “AGRÍCOLA BALMORAL SpA” en sociedad de responsabilidad limitada, extracto inscrito a fojas 379, N° 279, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Fernando, año 2009. I. Transformación a Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios de la “Sociedad”, don AGAPITO GARCÍA VIDAL, don ESTEBAN ALEJANDRO GARCÍA MICHELINI, doña CLAUDIA ANDREA GARCÍA MICHELINI, doña VIVIAN LINA GARCÍA MICHELINI, doña SILVIA MICHELINI PRICE, y la sociedad “INVERSIONES TINTARA SpA”, acuerdan transformar la sociedad “AGRÍCOLA BALMORAL SpA” desde una sociedad por acciones (SpA), a una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá por los siguientes estatutos: Nombre o Razón Social: La sociedad se denomina “AGRÍCOLA BALMORAL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “BALMORAL LTDA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Chimbarongo, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: i) El desarrollo de actividades agrícolas de toda índole, especialmente la explotación de predios agrícolas propios, así como aquellos que arriende o administre; la producción y comercialización de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, apícolas y forestales, sea en el mercado interno como externo; la exportación, importación, compra, venta, distribución o representación de toda clase de productos, insumos o maquinarias agrícolas. Comprende también el transporte en sus diversas formas; y, ii) La inversión pasiva en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como derechos en todo tipo de sociedades de personas, acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, otros instrumentos mercantiles y cualquier clase de valores mobiliarios y efectos de comercio. Pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquier otra actividad relacionada o no con los rubros anteriormente señalados, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos mil doscientos sesenta y un millones ciento treinta y siete mil trescientos cincuenta y cinco pesos, el cual se encuentra completamente pagado por sus socios con anterioridad a esta fecha en las siguientes cantidades y proporciones: i) don AGAPITO GARCÍA VIDAL, con un 15,5% aproximado del capital social; ii) don ESTEBAN ALEJANDRO GARCÍA MICHELINI, con un 2,24% aproximado del capital social; iii) doña CLAUDIA ANDREA GARCÍA MICHELINI, con un 2,24% aproximado del capital social; iv) doña VIVIAN LINA GARCÍA MICHELINI, con un 2,24% aproximado del capital social; v) doña SILVIA MICHELINI PRICE, con un 2,78% aproximado del capital social, vi) la sociedad “INVERSIONES TINTARA SpA”, con un 75% aproximado del capital social. Administración: Los socios acuerdan establecer que la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Esteban Alejandro García Michelini y a doña Claudia Andrea García Michelini, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. En caso de fallecimiento o impedimento permanente de doña Claudia Andrea García Michelini, cuestión que será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Esteban Alejandro García Michelini y a doña Vivian García Michelini, quienes actuando conjuntamente contarán con idénticas facultades que los administradores iniciales. Del mismo modo, en caso de fallecimiento o impedimento permanente de don Esteban Alejandro García Michelini, cuestión que será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a doña Claudia Andrea García Michelini y a doña Vivian García Michelini, quienes actuando conjuntamente contarán con idénticas facultades que los administradores iniciales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 19 de marzo de 2019.