Sociedad de Inversiones Pisey Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2019
- Notario
- SERGIO JARA CATALAN
- Oficio
- 67° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente, por igual período, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término manera indicada pacto social
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
Corresponderá a SEVERINO PIERATTINI CABIOL y a CECILIA INES SEYLER MASSARI quienes actuando uno cualquiera de ellos en forma indistinta, la representarán con las más amplias facultades detalladas pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO JARA CATALAN, Abogado, Notario Público, Titular 67° Notaría de Santiago, Av. Príncipe de Gales 5841, La Reina, certifico por escritura pública hoy ante mí, SEVERINO PIERATTINI CABIOL, domiciliado en calle Santiago 1161, Santiago; CECILIA INES SEYLER MASSARI, FRANCO SEVERINO PIERATTINI SEYLER, MICHAELA ROMINA PIERATTINI SEYLER, todos domiciliados en Simón González 8251, La Reina; y NATALIA PAZ PIERATTINI SEYLER, domiciliada en Tomás Moro 1075, Dp. 1902, Las Condes; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES PISEY LIMITADA” nombre de fantasía “INVERSIONES PISEY LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Administración, representación y el uso de la razón social: Corresponderá a SEVERINO PIERATTINI CABIOL y a CECILIA INES SEYLER MASSARI quienes actuando uno cualquiera de ellos en forma indistinta, la representarán con las más amplias facultades detalladas pacto social. Capital: $1.000.000 aportados siguiente forma: Cada socio aporta $200.000, equivalentes al 20% del capital social cada uno, todo en este acto y en dinero efectivo, ya ingresados en la caja social. Responsabilidad: Limitada hasta concurrencia del monto de sus aportes. Duración: 5 años a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente, por igual período, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término manera indicada pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 marzo 2019.