Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: i) La compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; ii) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; y iii) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 22 de marzo de 2019, ante mí, don Carlos Vial Tagle, don Felipe Vial Tagle, doña Constanza Vial Tagle, don Pablo Vial Tagle, y don Tomás Vial Tagle, constituyeron sociedad por acciones de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos extracto: Nombre: Inversiones Santa María SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad será: i) La compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; ii) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; y iii) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $500.000, que se encuentra suscrito y por pagar en el plazo y forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Santiago, 25 de marzo de 2019.