CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES F & V SpA

RUT 13896985-1 CVE 1567982
Capital
$3.800.000 CLP
Notaría
Colina
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
Gilda Elizabeth Miranda Córdova
Oficio
segunda Notaría de Colina con asiento en Lampa
Comuna
Colina

Sociedad

Capital
$3.800.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será el siguiente: Efectuar todo tipo de inversiones sobre toda clase de bienes, tanto mobiliarias como inmobiliarias.- En el ámbito mobiliario podrá efectuar inversiones en el mercado de capitales, adquirir acciones, invertir en sociedades de personas, ya sea constituyéndolas con terceros o incorporándose a las existentes o asociándose con ellas, adquirir bonos y todo otro tipo de valores mobiliarios.- También comprar, vender, enajenar y arrendar bienes muebles de todo tipo.- En lo inmobiliario podrá adquirir y enajenar a cualquier bienes raíces rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos.- Representación, administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gilda Elizabeth Miranda Córdova, Notario Público Titular de la segunda Notaría de Colina con asiento en Lampa, con oficio en Calle Baquedano 853-A local dieciocho, comuna de Lampa, certifico: Que por escritura pública hoy, ante mí, KAREN LILIAN FERNÁNDEZ MENESES, cedula de identidad N°13.896.985-1 y GUSTAVO FABIAN CORTES CASTRO, cedula de identidad N°13.234.845-6 , vienen en constituir, Sociedad por Acciones: Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES F & V SpA.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será el siguiente: Efectuar todo tipo de inversiones sobre toda clase de bienes, tanto mobiliarias como inmobiliarias.- En el ámbito mobiliario podrá efectuar inversiones en el mercado de capitales, adquirir acciones, invertir en sociedades de personas, ya sea constituyéndolas con terceros o incorporándose a las existentes o asociándose con ellas, adquirir bonos y todo otro tipo de valores mobiliarios.- También comprar, vender, enajenar y arrendar bienes muebles de todo tipo.- En lo inmobiliario podrá adquirir y enajenar a cualquier bienes raíces rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos.- Representación, administración y uso de Razón Social: La administración será ejercida por doña KAREN LILIAN FERNÁNDEZ MENESES y a don GUSTAVO FABIAN CORTES CASTRO, ya individualizados anteriormente, quien anteponiendo sus firmas en forma conjunta, a la razón social, tendrán amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $3.800.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y valor, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: con la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS, al contado en este acto en dinero efectivo, pagados de la siguiente manera: a) Doña KAREN LILIAN FERNÁNDEZ MENESES, aporta la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, equivalente al setenta y cinco por ciento de los derechos y acciones de la sociedad, quien paga al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, b) GUSTAVO FABIAN CORTES CASTRO aporta la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos y acciones de la sociedad, quien paga al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social.- Parcela cuarenta y cuatro, del Proyecto de Parcelación Hacienda Lampa, Comuna de Lampa, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero.- Duración: tendrá una duración de indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago siete de Marzo de 2019. Doy Fe. G. Miranda C.