CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GREEN ADVANCE SpA

CVE 1568178
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de marzo de 2019
Repertorio
4285
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA Notario Público titular 21 Notaría Santiago, con oficio Huérfanos 578, certificó que por escritura pública de fecha 26 de Marzo de 2019 otorgada ante mí, Repertorio N° 4.285.-, SEBASTIÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL CARRASCO constituyó sociedad por acciones cuyo nombre es “GREEN ADVANCE SpA”, que la obligará de igual forma. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. La sociedad tendrá una duración indefinida. El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría en general, ya sea en materias agrícolas, comerciales, de alimentación, producción, transformación, elaboración, importación y exportación de toda clase de bienes; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la prestación de toda clase de servicios; para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros y podrá ejecutar y celebrar cualquier acto o contrato nominado o innominado. El capital social es de $10.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias de una sola serie sin valor nominal, que se encuentra en la siguiente situación: SEBASTIÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL CARRASCO suscribe y paga 100 acciones, con la cantidad de $1.000.000.- que ingresan en la caja social. El plazo para suscribir y pagar las acciones no suscritas y/o no pagadas es de tres años a contar de esta fecha, pudiendo hacerse el pago en dinero efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, cualquier clase de derechos sobre éstos, mediante el aporte de tecnología, procesos industriales, know-how, asesoría y/o trabajo e industria, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de este acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de conflictos sociales. Los aportes deberán pagarse, a medida que los negocios sociales lo requieran y en todo caso en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada.