CENTRO DE REHABILITACIÓN KINESICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2019
- Notario
- ALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ
- Oficio
- 6 Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Será la ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de kinesiología, la rehabilitación Física y Kinésica, y la fisioterapia; la compra, venta, distribución, comercialización de maquinarias, insumos, equipos, accesorios, y materiales relacionados con la kinesiología y las actividades físicas; La prestación de servicios de capacitación y docencia, relacionados con la kinesiología y la medicina del deporte; La organización de charlas, seminarios, simposios, exposiciones, congresos relacionados con las actividades descritas y; en general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente. Vigencia y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ, Abogado, Notario Público, Titular 6 Notaria Santiago, Compañía 1.085, piso 14, Santiago, certifica que por escritura de hoy, ante mi, Sergio Alejandro Kock Schulz, Kinesiólogo, C.I. 7.019.032-K, domiciliado en Juan Palau 1685, depto 221, Las Condes, Región Metropolitana; Ricardo Iván Rodríguez Aragón, profesor de educación física, C.I. 6.628.191-4, domiciliado en Alberto Magno 1349, Providencia, Región Metropolitana y; Andrea Alejandra Daisy Kock Flores, ingeniero comercial, C.I. 17.959.480-3, Hermanos Cabot 6671, depto 53, Las Condes, Región Metropolitana, MODIFICARON Y TRANSFORMARON “CENTRO DE REHABILITACIÓN KINESICA LIMITADA”, inscrita a fojas 33.714, número 17.191, Registro de Comercio Santiago año 1991 ASÍ: CESIÓN DE DERECHOS. Socio Ricardo Iván Rodríguez Aragón, con el consentimiento expreso de su consocio, vende, cede y transfiere a Andrea Alejandra Daisy Kock Flores, la totalidad de los derechos que éste posee en la sociedad, ascendentes a un 1%o de los derechos y capital social, en $100.000, que se pagan en este acto, de contado. Consecuencia de lo anterior, se retira de la sociedad, como socio, Ricardo Iván Rodríguez Aragón. Sustitúyase cláusula Cuarta pacto social por: “El capital de la sociedad asciende a la suma de $500.000, completamente pagado y enterados en caja social, con anterioridad a este acto, dividido entre los socios de la siguiente forma: A) Sergio Alejandro Kock Schulz, $495.000 correspondientes al 95% de los derechos sociales y; B) Andrea Alejandra Daisy Kock Flores, $5.000 correspondientes al 1% de los derechos sociales.”.- TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD.- Actuales y únicos socios de “CENTRO DE REHABILITACIÓN KINESICA LIMITADA”, esto es, don Sergio Alejandro Kock Schulz y Andrea Alejandra Daisy Kock Flores, acuerdan transformar la sociedad, en una Sociedad por Acciones, la que en lo sucesivo se reglará y regirá por las disposiciones del artículo 424 y siguientes del Código de Comercio, y por el siguiente estatuto.- Accionistas: Sergio Alejandro Kock Schulz, Kinesiólogo, C.I. 7.019.032-K, domiciliado en Juan Palau 1685, depto 221, Las Condes, Región Metropolitana y; Andrea Alejandra Daisy Kock Flores, ingeniero comercial, C.I. 17.959.480-3, Hermanos Cabot 6671, depto 53, Las Condes, Región Metropolitana. Razón social: La razón social será “CENTRO DE REHABILITACIÓN KINESICA SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, el de “KINEX SpA”. Domicilio: Será la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de kinesiología, la rehabilitación Física y Kinésica, y la fisioterapia; la compra, venta, distribución, comercialización de maquinarias, insumos, equipos, accesorios, y materiales relacionados con la kinesiología y las actividades físicas; La prestación de servicios de capacitación y docencia, relacionados con la kinesiología y la medicina del deporte; La organización de charlas, seminarios, simposios, exposiciones, congresos relacionados con las actividades descritas y; en general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente. Vigencia y duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital. El capital de la sociedad, es la suma de $500.000, dividido en 100 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal, sin preferencia de ninguna clase, totalmente suscritas, y pagadas. Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración de la Sociedad: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá, exclusivamente a don Sergio Alejandro Kock Schulz, quien se encuentra investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 19 de marzo 2019.