SOCIEDAD SERVICIOS OLIMAQ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2019
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Giro de sus denomiación | socio | 76338405-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALARCON RAMIREZ, NOTARIO TITULAR, Claro Solar 831, Temuco, certifica: Por Escritura Pública otorgada ante mí hoy, 12 de marzo del año 2019, doña NICOLE STEPHANIE OLIVA CASANOVA, chilena, psicóloga, casada y separada totalmente de bienes, C.I. N° 16.794.027-7, domiciliada en Camino Botrolhue Nº02483, Temuco; y don OSCAR OSVALDO OLIVA PINO, chileno, profesor, casado y separado totalmente de bienes, C.I. N° 4.406.574-6, domiciliado en calle Quitralco Nº1720, de la Comuna de Temuco; modificaron la clausula sexto de los Estatutos Sociales de la Sociedad de Responsabilidad Limitada” “SOCIEDAD SERVICIOS OLIMAQ LIMITADA” del Giro de sus denomiación, RUT 76.338.405-5, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas 2604 Nº 2017 del año 2013, en el siguiente sentido: Del capital social: A) Los comparecientes acordaron disminuir el Capital Social en la suma de $20.000.0000.-, quedando en consecuencia el Capital Social que era la suma de $50.000.000.- en la suma de $30.000.000.- La disminución del Capital Social se debe a que se realizo el termino de giro ante el Servicio de Impuestos Internos, en la actividad comercial, PRESTACION DE SERVICIOS MAQUINARIA INDUSTRIAL, ASESORIAS INDUSTRIALES Y AGRICOLAS, ARRIENDO DE MAQUINARIA, el que se llevo a cabo con fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce y cuyo certificado de Termino de Giro fue emitido por el Servicio de Impuestos Internos de la Comuna de Temuco, con fecha ocho de febrero del año dos mil diecinueve. B) Los comparecientes acordaron además aumentar el Capital Social en la suma de $14.000.000.- quedando en consecuencia el Capital Social que era de $30.000.000.-; en $44.000.000.-, aporte efectuado y enterado según se indica en la clausula CUARTA de la misma escritura, por el socio don Oscar Oliva Pino, consiste en el aporte de la totalidad de la cuota que le corresponde sobre el inmueble individualizado en la cláusula TERCERA de la misma escritura, misma clausula que detalla los derechos y acciones de los cuales era titular sobre el inmueble señalado y que los comparecientes de común acuerdo han avaluado en la suma única y total de $14.000.000.- Quedando de este modo la Sociedad de responsabilidad Limitada “SOCIEDAD SERVICIOS OLIMAQ LIMITADA”, con un CAPITAL SOCIAL $44.000.000.-, correspondiente al treinta y dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos y acciones sobre el inmueble individualizado en la clausula TERCERA del mismo instrumento instrumento. Que, en todo lo no modificado se mantiene, íntegramente, vigente e incólume el contrato social primigenio. Demás estipulaciones constan en escritura Pública extractada. Doy Fe.- Temuco, 12 de marzo del año 2019.