MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD ALVAREZ Y CORONADO LIMITADA

RUT 76183959-4 CVE 1566881
Fecha instrumento
19 de marzo de 2019

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2019
Repertorio
414-2019
Notario
ALEJANDRA CAROLINA ANGULO SANDOVAL
Domicilio
Unión

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA CAROLINA ANGULO SANDOVAL, Abogada, Notario Público Titular de La Unión, con oficio ubicado en calle Arturo Prat N° 676, certifico: Por Escritura Pública de fecha 19 de MARZO de 2019, Repertorio Nº 414-2019, ante mí, don VÍCTOR FERNANDO ÁLVAREZ SOBARZO, chileno, soltero, empleado, Cédula Nacional de Identidad número quince millones quinientos setenta y seis mil ciento setenta y ocho guión cuatro, domiciliado en Sector Huillinco, kilómetro trece, Comuna de La Unión, don MAGNO JAVIER CORONADO VARGAS, chileno, soltero, trabajador independiente, Cédula Nacional de Identidad número dieciséis millones quinientos ochenta y seis mil diecisiete guión nueve, domiciliado en calle Margoth Duhalde número mil doscientos treinta y seis, Comuna de La Unión y don EDUARDO ENRIQUE ALVAREZ SOBARZO, chileno, soltero, trabajador independiente, Cédula Nacional de Identidad número quince millones quinientos setenta y seis mil ciento setenta y siete guión seis, domiciliado en calle Camilo Henríquez número trescientos sesenta y cinco, Comuna de La Unión, por Escritura Pública de fecha diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD ALVAREZ Y CORONADO LIMITADA” o “SOCIEDAD AISLASUR LIMITADA”, PUBLICADA en el Diario Oficial de la República de Chile, en su Edición número cuarenta mil ciento cuarenta y dos, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil once e inscrita en EXTRACTO en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de La Unión a fojas ciento tres bajo el número ochenta y ocho del año dos mil once, en los siguientes términos: PRIMERO: a) El socio don VÍCTOR FERNANDO ÁLVAREZ SOBARZO vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales que le corresponden en la sociedad, los que equivalen al CINCUENTA por ciento del interés social, a don EDUARDO ENRIQUE ALVAREZ SOBARZO, quien compró, aceptó y adquirió para sí la totalidad de los referidos derechos sociales, en el precio indicado en escritura extractada. Como consecuencia de la cesión antes referida, a contar de la fecha de celebración de la escritura indicada dejó de ser socio de la sociedad don VÍCTOR FERNANDO ÁLVAREZ SOBARZO, quedando constituido el interés social de la siguiente forma: don MAGNO JAVIER CORONADO VARGAS, con un CINCUENTA por ciento del interés social y don EDUARDO ENRIQUE ALVAREZ SOBARZO, con un CINCUENTA por ciento del interés social.- b) Respecto a la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente al socio MAGNO JAVIER CORONADO VARGAS y al socio EDUARDO ENRIQUEZ ALVAREZ SOBARZO.- SEGUNDO: En lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original. DOY FE La Unión, 22 de marzo de 2019.-