Semillas Generación 2000 Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2019
- Repertorio
- 4103-2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Titular de la 33 Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2019, repertorio 4.103-2019, ANTE MI, JORGE ANDRÉS ALVEAR CASTILLO, en representación de INVERSIONES PUERTAS NEGRAS SpA, sociedad del giro de su denominación, con domicilio en Fundo La Colmena, Traiguén; de INVERSIONES DON LORENZO SpA, sociedad del giro de su denominación, con domicilio en calle Antonio Varas 854, Temuco oficina 02; y de SOCIEDAD AGRÍCOLA LA SELVA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, con domicilio en calle Arturo Prat 847 oficina 601, Temuco: UNO/ rectificó errores de copia y/o transcripción en escritura de modificación y transformación de la sociedad Semillas Generación 2000 Limitada (hoy Semillas Generación 2000 SA) otorgada el 30 de noviembre de 2018 en la notaría de Temuco de don Héctor Efraín Basualto Bustamante (rep. 10.360-2018), de los cuales corresponden a menciones extractables, los que siguen: i) referencia a que la sociedad resultante es una sociedad anónima cerrada (línea 17 de la página 5 y líneas 3 y 28 de la página 6); ii) En el número Dos/ de la cláusula primera transitoria (línea siete de la página dieciocho) se omitió insertar la palabra “mil” entre las palabras “cinco” y “pesos”, por lo que, por medio de la presente se rectifica el número Dos/ de la cláusula primera transitoria y QUEDA: “Dos/ don MARCO ANTONIO TALADRIZ TOPP, en representación de INVERSIONES DON LORENZO SpA, suscribe en este acto tres mil acciones ordinarias ascendientes a la suma de mil doscientos treinta y nueve millones trescientos setenta y cinco mil pesos, suma que se encuentra pagada y enterada de conformidad se da cuenta en escritura de constitución de la sociedad y lo señalado precedentemente en la cláusula segundo del presente instrumento.” iii) En el número Tres/ de la cláusula primera transitoria (línea trece de la página dieciocho) se omitió insertar la palabra “mil” entre las palabras “cinco” y “pesos”, por lo que, por medio de la presente se rectifica el número Tres/ de la cláusula primera transitoria y QUEDA: “Tres/ don PEDRO LEOPOLDO NICKELSEN DESSY, en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA LA SELVA LIMITADA, suscribe en este acto tres mil acciones ordinarias ascendientes a la suma de mil doscientos treinta y nueve millones trescientos setenta y cinco mil pesos, suma que se encuentra pagada y enterada de conformidad se da cuenta en escritura de constitución de la sociedad y lo señalado precedentemente en la cláusula segundo del presente instrumento.” DOS/ Se rectificó errores de copia y/o transcripción en escritura de fecha 31 de diciembre de 2018 otorgada en la notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo (rep. 22.694-2018), de los cuales ninguno corresponde a menciones extractables. Santiago, a 22 de marzo de 2019.