MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

UARAC Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 50100240-2 CVE 1565729
Fecha instrumento
15 de junio de 1988
Notaría
Los Ángeles de don Raúl Morales Adriasola

Instrumento

Fecha
15 de junio de 1988
Notario
en la notaría de Los Ángeles de don Sergio Hidalgo Campos
Domicilio
ciudad de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles de don Raúl Morales Adriasola

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ANGELES, y su territorio jurisdiccional, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, de esta ciudad, certifica que por escritura de hoy ante mí Rep. N° 385-2019, don JORGE ARNOLDO UARAC SENN, domicilio en calle Montegrande número seiscientos setenta y uno, de la comuna de Los Ángeles, por sí y a su vez en representación, según se acreditará, de doña VANIE ROSA SENN MALIG, con domicilio en calle Manuel Rodríguez número ciento noventa de la ciudad de Los Ángeles; de doña VANIA VICTORIA UARAC SENN, con domicilio en calle doctor Ramón Corvalán Melgarejo número treinta y siete, departamento ciento diecisiete, comuna de Santiago; y de doña MARITZA ANDREA UARAC SENN, con domicilio en parcela El Naranjal lote B uno guion doce de la comuna de San Javier, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada UARAC Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario número cincuenta millones cien mil doscientos cuarenta guion dos, constituida por escritura pública otorgada con fecha 15 de junio 1988, otorgada en la Notaría de Los Ángeles de don Raúl Morales Adriasola, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del año 1988, del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, a fojas 165 vuelta número 109, siendo publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de julio del año 1988 en la edición número 33.110. Dicha sociedad ha sido objeto de las siguientes modificaciones: 1.- Por escritura pública otorgada con fecha 15 de diciembre del año 2011 en la Notaría de Los Ángeles de doña María Antonieta Carrillo Flores, cuyo extracto se inscribió a fojas 1231 número 842 del Registro de Comercio del año 2011del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Ángeles y se publicó en el diario oficial con fecha 28 de diciembre del año 2011, edición número 40.146. 2.- por escritura pública otorgada con fecha 5 de mayo del año 2016, en la notaría de Los Ángeles de don Sergio Hidalgo Campos, Notario Público de la ciudad de Los Ángeles, Interino al fallecimiento de don Selim Parra Fuentealba, cuyo extracto se inscribió a fojas 677 número 324 del Registro de Propiedad del año 2016 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Ángeles, y se publicó en el 1.- Con fecha tres de diciembre del año dos mil dieciséis, falleció don JORGE UARAC KUNCAR, que a esa fecha era socio de la sociedad, sucediéndole doña VANIE ROSA SENN MALIG, en calidad de cónyuge sobreviviente, y sus hijos doña VANIA VICTORIA UARAC SENN, doña MARITZA ANDREA UARAC SENN, y don JORGE ARNOLDO UARAC SENN. Que como consecuencia del fallecimiento de don JORGE UARAC KUNCAR, de acuerdo a lo señalado precedentemente, son los actuales y únicos socios doña VANIE ROSA SENN MALIG, con una participación social de un cincuenta y seis coma veintiocho por ciento; doña VANIA VICTORIA UARAC SENN, con una participación social de un ocho coma cero cuatro por ciento; doña MARITZA ANDREA UARAC SENN, con una participación social de un ocho coma cero cuatro por ciento y don JORGE ARNOLDO UARAC SENN, con una participación social de un veintisiete coma sesenta y cuatro por ciento, en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso.- 2.- los socios modificaron la cláusula CUARTO del pacto social en el sentido de que la administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios don JORGE ARNOLDO UARAC SENN y doña MARITZA ANDREA UARAC SENN, de modo que uno cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, podrá obligar y representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración, en toda clase de actos y contratos, sin limitación alguna y con las mismas facultades señaladas en el pacto social.- En todo lo no modificado en el presente instrumento, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones señaladas.- Los Ángeles, 25 de Enero de 2019.