MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA CONSTRUCTORA ITAKA LIMITADA

RUT 76975915-8 CVE 1566511
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de abril de 1992
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de abril de 1992
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Clovis Toro Campos, Titular 13 Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Por escritura hoy ante mí, PABLO BARROS AMUNATEGUI, Huérfanos 1178, oficina 222, comuna de Santiago; doña VERÓNICA MARTA GARRIDO SANDROCK, General Carol Urzúa 6981, Las Condes; don JOAQUÍN JUAN CARLOS GARRIDO SANDROCK, José Miguel de la Barra 480, depto. 605, comuna de Santiago, y doña CAROLINA BARROS ARMSTRONG, Moctezuma 2059, depto., 103, comuna Vitacura; modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD INMOBILIARIA CONSTRUCTORA ITAKA LIMITADA”, constituida escritura pública 14 de abril del año 1992, ante el notario de Santiago don Orlando Godoy Reyes. Extracto inscrito fojas 15.971, número 8099, Registro Santiago, año 1992. Capital $10.000.000.- Rut. 76.975.915-5.- Modificación consiste: Doña Verónica Marta Garrido Sandrock y don Joaquín Juan Carlos Garrido Sandrock, venden, ceden y transfieren la totalidad de sus derechos a doña Carolina Barros Armstrong, quien compra y adquiere para si en la suma de $1.000.000.- al contado, declarando los cedentes recibir a su entera conformidad- Consecuencia de la cesión los únicos socios de SOCIEDAD INMOBILIARIA CONSTRUCTORA ITAKA LIMITADA, don Pablo Barros Amunategui, con el 90% del capital social, y doña Carolina Barros Armstrong, con el 10% del capital social.-. Se acuerda que las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en partes iguales. Los actuales socios acuerdan modificar el pacto social, en lo que se refiere a la representación, administración y uso de la razón social de la misma, la cual quedará radicada únicamente en el socio don Pablo Barros Amunategui, el cual actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social de la sociedad, con todas las facultades enumeradas en la escritura de constitución de la sociedad, las cuales se dan por reproducidas una a una en el presente instrumento. En todo lo no modificado por éste instrumento, queda vigente el pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 22 de Febrero de 2019.-