MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES BARCELONA LIMITADA

RUT 76446945-3 CVE 1566389
Capital
$134.682 CLP
Fecha instrumento
27 de febrero de 2019
Notaría
Temuco

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2019
Notario
RODRIGO SEPÚLVEDA GÓMEZ
Oficio
Sexta Notaría de Temuco
Comuna
Temuco

Sociedad

Capital
$134.682 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA E INVERSIONES BARCELONA LIMITADA socio 76446945-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SEPÚLVEDA GÓMEZ, abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, Maquehue N° 1244, comuna de Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don ELIAS FARID MALUF BUTTI, chileno, empresario, divorciado, C.I. N° 10.814.567-6, domiciliado en General Cruz N° 072, comuna y ciudad de Temuco; y, don ANTONIO FRANCISCO MALUF DALIDET, chileno, empresario, divorciado, C.I. N° 4.384.824-0, domiciliado en Avenida Alemania N° 0587, departamento 141, comuna y ciudad de Temuco, modificaron INMOBILIARIA E INVERSIONES BARCELONA LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.446.945-3, inscrita a Fojas 1345, Número 876 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2016. La modificación consistió en el aumento del capital social de $134.682.756 a la suma de $321.997.386. Este aumento de capital de $187.314.630 se aportó, enteró y pagó por el socio ELIAS FARID MALUF BUTTI, mediante el aporte en dominio de los bienes raíces y derechos de propiedad sobre los bienes individualizados en el numeral dos de la cláusula novena de la escritura extractada. En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “Quinta: El capital de la sociedad asciende a la suma de trescientos veintiún millones novecientos noventa y siete mil trescientos ochenta y seis pesos, el que se pagó y paga de la siguiente manera: a) El socio ELIAS FARID MALUF BUTTI aporta la suma de ciento ochenta y nueve millones trescientos catorce mil seiscientos treinta pesos, que equivalen al cincuenta y ocho coma setenta y nueve por ciento del capital social, los que pagó y paga de la siguiente manera: i) con la suma de dos millones de pesos, que pagó al contado y en dinero en efectivo en el acto de constitución de la sociedad, los que ingresaron a las arcas sociales; y, ii) con la suma de ciento ochenta y siete millones trescientos catorce mil seiscientos treinta pesos, mediante el aporte en dominio de los bienes raíces y derechos de propiedad sobre bienes inmuebles que se singularizan en la cláusula primera transitoria de los estatutos sociales, efectuado con esta fecha; y, b) El socio ANTONIO FRANCISCO MALUF DALIDET aporta la suma de ciento treinta y dos millones seiscientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta y seis pesos, que equivalen al cuarenta y uno coma veintiuno por ciento del capital social, los que pagó de la siguiente manera: i) con la suma de dos millones de pesos, que pagó al contado y en dinero en efectivo en el acto de constitución de la sociedad, los que ingresaron a las arcas sociales con anterioridad a esta fecha; ii) con la suma de once millones ciento sesenta y cinco mil setecientos ochenta pesos que corresponden al derecho de dominio sobre el bien raíz que se singulariza en el artículo primero transitorio y que se aportó en dominio mediante el mecanismo de retiros para reinvertir que el socio ANTONIO FRANCISCO MALUF DALIDET efectuó, con anterioridad a esta fecha, desde la sociedad en la que participa denominada “SOCIEDAD ANTONIO MALUF DALIDET Y COMPAÑÍA LIMITADA” y de conformidad al artículo catorce letra a) número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta y normativa del Servicio de Impuestos Internos; y, iii) con la suma de ciento diecinueve millones quinientos dieciséis mil novecientos setenta y seis pesos, mediante el aporte en dominio de un bien inmueble que se singulariza en la cláusula primera transitoria de los estatutos sociales, efectuado con anterioridad a esta fecha.”. Igualmente, acordaron modificar el artículo transitorio de los estatutos sociales y lo reemplazan íntegramente por el del siguiente tenor: “Artículo Transitorio: a) Los bienes raíces y derechos sobre los bienes inmuebles que el socio ELIAS FARID MALUF BUTTI ha aportado en el valor total de ciento ochenta y siete millones trescientos catorce mil seiscientos treinta pesos, según da cuenta la cláusula quinta de los estatutos sociales, son los siguientes: i) El departamento número novecientos tres del noveno piso, la pieza de guardar o dependencia número doce del subterráneo y el estacionamiento número veintinueve del subterráneo, todos del edificio avenida alemania, ubicado en avenida alemania número cero seiscientos cincuenta, de la ciudad de Temuco. Se incluyen en el aporte los correspondientes derechos sobre los bienes comunes del Edificio, el que se encuentra construido en los siguientes predios contiguos: a) Propiedad ubicada en calle Alemania sin número, de Temuco, y que deslinda: Norte: Avenida Alemania con treinta y siete metros; Sur: con treinta y siete metros con sucesión de don Manuel María Araneda; Oriente: con cuarenta y cinco metros con Fritz Zippel; y, Poniente: en cuarenta y cinco metros con sucesión de don Manuel María Araneda.- b) Propiedad consistente en el retazo de terreno interior que forma parte de una propiedad que poseía la vendedora y cuyo frente da a la calle Senador Estébanez número seis de Temuco, cuyos deslindes generales son: Norte: Ricardo Schiele y Guillermo Viertel; Sur: Enrique Magofke; Oriente: calle del Sanatorio Alemán, hoy calle Senador Estébanez; y, Poniente: Guillermo Viertel antes, después comprador Sucesión Araneda.- Los deslindes especiales son: Norte, propiedad de don Ricardo Schiele, hoy de don Bernardo Menzel, en treinta y siete metros; Sur, propiedad de don Enrique Magofke, hoy Sociedad Chilena de Radio Comunicaciones treinta y siete metros; Oriente, resto de la propiedad de la vendedora hoy federico schatten, en veinte metros; y, poniente, propiedad de don guillermo viertel, hoy de la vendedora señora aguayo en veinte metros.- el departamento número novecientos tres tiene una superficie a ejes de ciento siete coma cien metros cuadrados; una superficie común de veintisiete coma siete mil setecientos veintitrés metros cuadrados; y una superficie total de ciento treinta y cuatro coma ocho mil setecientos veintitrés metros cuadrados. La pieza de guardar o dependencia número doce, tiene una superficie a ejes de cuatro coma cuatrocientos treinta metros cuadrados; superficie común de uno coma mil cuatrocientos ochenta y ocho metros cuadrados; y una superficie total de cinco coma cinco mil setecientos ochenta y ocho metros cuadrados. El estacionamiento número veintinueve tiene una superficie a ejes de trece coma quinientos metros cuadrados; una superficie común de tres coma cinco mil siete metros cuadrados; y una superficie total de diecisiete coma cero cero cero nueve metros cuadrados. El Rol de avalúo del departamento número novecientos tres es el número mil cuatrocientos diecisiete guión doscientos noventa y ocho de la comuna de Temuco, inmueble que es avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de sesenta y nueve millones setecientos noventa y seis mil quinientos ochenta pesos. El Rol de avalúo de la pieza de guardar o dependencia número doce es el número mil cuatrocientos diecisiete guión ciento ochenta y uno de la comuna de Temuco, inmueble que es avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de un millón cuatrocientos treinta y tres mil cuatrocientos veinte pesos. El Rol de avalúo del estacionamiento número veintinueve es el número mil cuatrocientos diecisiete guión doscientos veinte de la comuna de Temuco, inmueble que es avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de dos millones novecientos cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta pesos; ii) La parte o cuota equivalente al cincuenta por ciento del derecho de propiedad sobre el inmueble ubicado en calle General Cruz cero setenta y dos, entre Balmaceda y Bilbao, que corresponde al sitio seis, de la manzana ciento treinta y dos, de la ciudad de Temuco, cuyos deslindes especiales son: Norte: con sitio cinco; Sur: con sitios número siete y ocho; Oriente: calle General Cruz; y, Poniente: con sitio número dos. El Rol de avalúo del inmueble es el número quinientos doce guión dieciocho de la comuna de Temuco. La parte o cuota equivalente al cincuenta por ciento del derecho de propiedad sobre el inmueble ya singularizado, es avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de cincuenta y nueve millones seiscientos ochenta y cinco mil setecientos cuarenta pesos; iii) La parte o cuota equivalente al cincuenta por ciento del derecho de propiedad sobre el inmueble ubicado en calle Francisco Bilbao número mil ciento setenta, que corresponde al sitio número cinco A de la manzana ciento treinta y dos del plano respectivo, de esta ciudad de Temuco, cuyos deslindes especiales son los siguientes: Norte, calle Bilbao; Sur, sitio número seis; Oriente, sitio del señor José Miguel Valdebenito, después de doña Rosa Calcayaga de Jeame; y, Poniente, propiedad del señor Pedro Romero. El Rol de avalúo del inmueble es el número quinientos doce guión diecisiete de la comuna de Temuco. La parte o cuota equivalente al cincuenta por ciento del derecho de propiedad sobre el inmueble ya singularizado, es avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de veinte millones cuatrocientos seis mil seiscientos ochenta pesos; y, iv) La parte o cuota equivalente al cincuenta por ciento del derecho de propiedad sobre el inmueble formado por dos propiedades: a) SITIO A, que corresponde al inmueble de calle General Cruz número cero cuarenta y ocho, de Temuco, cuyos deslindes son: Norte, en veintiséis metros con propiedad de terceros; Sur, en veintiséis metros con sitio B del plano; Oriente, en doce metros con calle General Cruz; y, Poniente, en doce metros con sitio B del plano; b) Lote B-dos de la subdivisión del sitio B de la división del resto de la propiedad ubicada en calle General Cruz con Balmaceda, consistente en el sitio número ocho de la manzana ciento treinta y dos, de Temuco, cuyos deslindes son: Norte, en seis metros con otros propietarios; Sur, en seis metros con lote tres raya uno; Oriente, en doce metros con sitio A; y, Poniente, en doce metros con otros propietarios. El Rol de avalúo del inmueble es el número quinientos doce guión veinticinco de la comuna de Temuco. La parte o cuota equivalente al cincuenta por ciento del derecho de propiedad sobre el inmueble ya singularizado, es avaluado de común acuerdo por los socios en la suma de treinta y tres millones cuarenta y dos mil seiscientos setenta pesos; y, b) Los bienes raíces y derechos sobre los bienes comunes que el socio ANTONIO FRANCISCO MALUF DALIDET ha aportado en el valor total de ciento treinta millones seiscientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta y seis pesos, según da cuenta la cláusula quinta de los estatutos sociales, son los siguientes: i) inmueble ubicado en la ciudad de Temuco, calle General Mackenna número trescientos sesenta y cinco, que según sus títulos consiste en el Sitio número tres de la Manzana número sesenta y uno del plano de Temuco, con los siguientes deslindes especiales: al Norte, sitios números uno y dos, de propiedad de Lillo y Hernández, respectivamente; al Sur, sitio número cuatro, de Francisco Maira Revillond; al Oriente, sitio número siete, de propiedad de Isabel Hernández viuda de Guzmán; y, al Poniente, calle General Mackenna. Inmueble avaluado de común acuerdo por los socios, en once millones ciento sesenta y cinco mil setecientos ochenta pesos; y, ii) inmueble consistente en la propiedad ubicada en calle Lautaro números novecientos cincuenta y uno al novecientos setenta y tres, de la comuna de Temuco, que deslinda: al Norte: con propiedad de don Abel Sepúlveda; Oriente: con la de don Enrique Brocouse; Poniente: con la de don Juan Bautista Navarro; y Sur: con calle Lautaro.- Retazo del sitio número siete de la manzana número setenta del plano de esta ciudad, que con el inmueble con frente a la calle Lautaro, forma un solo todo, retazo que tiene los siguientes deslindes especiales: Norte, en quince metros sesenta centímetros con sitio número seis y en otra recta en nueve metros cuarenta centímetros, con la parte del sitio vendido a don Heriberto Hormazábal Paredes; Sur, en veinticinco metros con parte del mismo sitio número siete; Oriente, en veinticinco metros con sitio número ocho de propiedad de don Teófilo Huber; y Poniente, en trece metros con la parte del sitio vendida a don Heriberto Hormazábal Paredes y en otra recta en doce metros con sitio número tres, todos de la misma manzana.- Retazo del sitio número siete de la manzana número setenta del plano de esta ciudad, que con el inmueble con frente a la calle Lautaro, forma un solo todo, retazo de trece metros de ancho por nueve metros cuarenta centímetros de fondo, cuya cabida forma un cuadro al fondo de dicho sitio y que tiene los siguientes deslindes especiales: Norte, con el sitio número seis en nueve metros cuarenta centímetros; Sur, con resto de la propiedad de los vendedores, en igual extensión; Oriente, también con el resto de la propiedad de los vendedores, en trece metros; y Poniente, con el sitio número tres, hoy de propiedad de don Heriberto Hormazábal, en igual extensión. Estos tres inmuebles forman un solo todo de veinticinco metros de frente a la calle Lautaro, por cincuenta metros de fondo, con los siguientes deslindes generales: Norte, veinticinco metros con sitio número seis; Sur, en veinticinco metros con calle Lautaro; Oriente, en veinticinco metros con propiedad de don Enrique Brocouse y en veinticinco metros con sitio número ocho de don Teófilo Huber; y Al Poniente, en cincuenta metros con sitio número tres. El plano se encuentra archivado con el número cuatrocientos cincuenta y seis al final del Registro de propiedad del año dos mil seis en el Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Inmueble avaluado de común acuerdo por los socios en ciento diecinueve millones quinientos dieciséis mil novecientos setenta y seis pesos. Los socios dejan expresa constancia que todos los bienes raíces, derechos sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes comunes, singularizados precedentemente, han sido avaluados según el criterio de costo reajustado al treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho.”. Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Padre Las Casas, 27 febrero 2019.