MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Diálisis Los Andes Limitada

RUT 76237040-9 CVE 1557794
Fecha instrumento
21 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2019
Repertorio
3411
Notario
Eduardo Diez Morello
Oficio
trigésima cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Diez Morello, abogado, Notario Público Titular de la trigésima cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Santiago, certifica que, por escritura Publica repertorio N° 3411, de fecha 21 de febrero de 2019, ante mí suplente Manuel Ramírez Escobar, CENTRO DE DIÁLISIS ÑUÑOA LIMITADA, rol único tributario Nº 78.102.320-5, representada por don EDUARDO IGNACIO LORCA HERRERA, cédula nacional de identidad Nº 6.616.531-0, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Salvador Nº2384, comuna de Ñuñoa; DIÁLISIS ARAYA Y SEGURA LIMITADA, rol único tributario Nº 76.230.130-k, representada por doña ISTRA ALEJANDRINA ARAYA RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad Nº 7.408.227-0, ambos domiciliados, para estos efectos, en Santa Rosa Nº441, local 35, comuna de Los Andes; SOCIEDAD OYARZO Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario Nº 77.382.070-8, representada por doña LUISA ELIZABETH OYARZO MUÑOZ, cédula nacional de identidad Nº 7.080.655-k, ambos domiciliados, para estos efectos, en calle José Manuel Infante Nº 1155, departamento 602, comuna de Santiago; y don SERGIO ALFONZO BLANCO LÓPEZ, cédula de identidad para extranjeros Nº 14.715.344-9, por sí y en representación de la sociedad SERVICIOS E INVERSIONES BLANCO GUIDA LIMITADA, rol único tributario Nº 76.833.440-4, ambos con domicilio para estos efectos en calle Rodríguez Nº 1098, Población Ferroviaria, comuna de Los Andes, acordaron respecto a la sociedad “DIÁLISIS LOS ANDES LIMITADA”, rol único tributario Nº 76.237.040-9 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 147 vuelta Nº 130 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes correspondiente al año 2004, lo siguiente: /a/ Cesión de Derechos Sociales: Centro de Diálisis Ñuñoa Limitada, vendió, cedió y transfirió a Diálisis Araya y Segura Limitada, Sociedad Oyarzo y Compañía Limitada y Servicios e Inversiones Blanco Guida Limitada, quienes, a través de sus representantes, compraron, aceptaron y adquirieron para sí todos los derechos sociales de que era titular Centro de Diálisis Ñuñoa Limitada en la Sociedad, correspondientes al 33,33% de los derechos sociales totales, en la siguiente proporción: i) Diálisis Araya y Segura Limitada adquirió el 26,67% de los derechos sociales en la Sociedad; ii) Sociedad Oyarzo y Compañía Limitada adquirió el 3,33% de los derechos sociales en la Sociedad; y iii) Servicios e Inversiones Blanco Guida Limitada adquirió el 3,33% de los derechos sociales en la Sociedad. Por su parte, don Sergio Alfonzo Blanco López, titular del 16,67% de los derechos sociales totales en la Sociedad, vendió, cedió y transfirió a Servicios e Inversiones Blanco Guida Limitada, quien compró y adquirió para sí por medio de su representante, la totalidad de los derechos de que era dueña en la Sociedad. En virtud de la cesión de derechos sociales antes referida, quedaron como únicos y actuales socios de la Sociedad: i) Diálisis Araya y Segura Limitada, como titular de derechos sociales representativos del 60% de los derechos sociales en la Sociedad; ii) Sociedad Oyarzo y Compañía Limitada, como titular de los derechos sociales representativos del 20% de los derechos sociales en la Sociedad; y iii) Servicios e Inversiones Blanco Guida Limitada, como titular de los derechos sociales representativos del 20% de los derechos sociales en la Sociedad; y /b/ Modificación de Estatutos Sociales: En virtud de las cesiones de derechos antes referidas, Diálisis Araya y Segura Limitada, Sociedad Oyarzo y Compañía Limitada y Servicios e Inversiones Blanco Guida Limitada, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron: i) sustituir el Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativos al capital por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social es la suma de noventa millones de pesos, íntegramente pagado y aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: Uno) Diálisis Araya y Segura Limitada aportó y pagó la suma de cincuenta y cuatro millones de pesos, equivalente al sesenta porciento de los derechos sociales; Dos) Sociedad Oyarzo y Compañía Limitada aportó y pagó la suma de dieciocho millones de pesos, equivalentes al veinte porciento de los derechos sociales; Tres) Servicios e Inversiones Blanco Guida Limitada aportó y pagó la suma de dieciocho millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales”; y ii) modificar el artículo Octavo de los estatutos sociales en el sentido de señalar que el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a Diálisis Araya y Segura Limitada, la que actuando a través de sus representantes y/o mandatarios y actuando por sí sola y anteponiendo a su firma el nombre de la Sociedad, representará a Diálisis Los Andes Limitada, con las más amplias facultades de administración, en especial, aunque no limitada, a aquellas facultades indicadas en la escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales, especialmente la estipulación relativa a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. El portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 01 de marzo de 2019. Eduardo Diez Morello, Notario Público Titular.