MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

D+ CONSULTORES DE DISEÑO E INNOVACION LIMITADA

RUT 76126402-8 CVE 1566069
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2019
Repertorio
16718-2019
Notario
RAMON GARCÍA CARRASCO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Concepción
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley Nº20.190

Objeto social

a) La formulación, evaluación y ejecución de proyectos de innovación tecnológica y social en toda su gama para empresas productivas privadas, asociaciones empresariales, gobiernos regionales y municipales, universidades, y en general personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales y extranjeras; b) El diseño e implementación de todo tipo de productos, servicios, espacios, medios de comunicación, estrategias de publicidad y marketing, y programas computacionales para personas naturales y jurídicas, de derecho público o privado; c) La organización, producción y ejecución de todo tipo de cursos, talleres, charlas, seminarios, simposios, congresos y reuniones, para capacitación, sensibilización y desarrollo humano; y para la implementación y desarrollo de estrategias de diseño ambiental y de sustentabilidad; d) Implementación y seguimiento de procesos de desarrollo institucional como diagnósticos, planeación estratégica, diseño de proyectos, rediseño institucional, diseño e integración de sistemas organizacionales, etc; y la organización, y asesoría para evaluaciones internas de capacitaciones empresariales, etc; e) La realización de estudios de factibilidad ambiental y sustentabilidad, incluyendo el diseño, elaboración y seguimiento de planes de mejora y de fortalecimiento ambientales; f) La comercialización, distribución, promoción, transporte, montaje, instalación, almacenaje, importación y exportación, reparación, asistencia técnica, asesoramiento, intermediación, contratación, difusión de cualquier tipo de productos relacionados con la transferencia y la informática, incluido el Hardware y el Sofware; g) La creación, gestión, tratamiento, promoción, comercialización y consultorías de productos relacionados con la informática y las comunicaciones, incluido el Hardware, el Software, equipamientos auxiliares, los contenidos y datos; h) El diseño, generación y producción de contenidos audiovisuales, producciones publicitarias, videoclips, videos corporativos, videos virales, en medios físicos o digitales, spots para televisión, contenidos multimedia e interactivos para su distribución a través de la televisión digital terrestre, internet, telefonía móvil, etc, o para su explotación multisoporte; i) El diseño, creación y producción de contenidos digitales audiovisuales aplicando nuevas tecnologías, incluyendo los nuevos soportes y su posterior distribución en las nuevas ventanas de exhibición; y j) Todas las demás materias directa o indirectamente relacionadas con el objeto social que los socios acuerden realizar

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INNOVACION socio 76126402-8 80%

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 39827 del 4 de diciembre de 2010

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMON GARCÍA CARRASCO, Notario Público de Concepción, Rengo 444 de esta comuna, certifica que Por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2019, Repertorio Nº16718-2019 ante mí: ALEJANDRO ANDRES DURAN ASTORGA, c.i. 10.029.750-7; y ANDREA PAZ CANTILLANO ARCOS, c.i. 12.489.101-9; ambos Calle 4 Norte, Nº64, Lonco Oriente, comuna de Chiguayante. Los comparecientes, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada D+ CONSULTORES DE DISEÑO E INNOVACION LIMITADA, nombre de fantasía D+ DISEÑO & INNOVACION, RUT: 76.126.402-8, capital $3.000.000.-, 80% Alejandro Durán Astorga y 20% Andrea Cantillano Arcos del capital social, escritura pública de 8 de noviembre de 2010, ante Juan Espinosa Bancalari, Notario Público de Concepción, Repertorio Nº 4.791, extracto Diario Oficial Nº39.827, 4 de diciembre de 2010, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a Fojas 2.387, Nº1.997 del año 2010. No ha sufrido modificación alguna, siendo los comparecientes los únicos socios. Los comparecientes vienen en transformar la sociedad D+ CONSULTORES DE DISEÑO E INNOVACION LIMITADA, en una sociedad por acciones, denominada D+ CONSULTORES DE DISEÑO E INNOVACION SpA, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, disposiciones de la ley Nº20.190, ley Nº18.046, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, Código de Comercio y el Código Civil. “ESTATUTOS D+ CONSULTORES DE DISEÑO E INNOVACION SpA: Nombre: D+ CONSULTORES DE DISEÑO E INNOVACION SpA, nombre de fantasía D+ DISEÑO & INNOVACION SpA. Domicilio: comuna de Concepción, sin perjuicio de las sucursales dentro del país o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: a) La formulación, evaluación y ejecución de proyectos de innovación tecnológica y social en toda su gama para empresas productivas privadas, asociaciones empresariales, gobiernos regionales y municipales, universidades, y en general personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales y extranjeras; b) El diseño e implementación de todo tipo de productos, servicios, espacios, medios de comunicación, estrategias de publicidad y marketing, y programas computacionales para personas naturales y jurídicas, de derecho público o privado; c) La organización, producción y ejecución de todo tipo de cursos, talleres, charlas, seminarios, simposios, congresos y reuniones, para capacitación, sensibilización y desarrollo humano; y para la implementación y desarrollo de estrategias de diseño ambiental y de sustentabilidad; d) Implementación y seguimiento de procesos de desarrollo institucional como diagnósticos, planeación estratégica, diseño de proyectos, rediseño institucional, diseño e integración de sistemas organizacionales, etc; y la organización, y asesoría para evaluaciones internas de capacitaciones empresariales, etc; e) La realización de estudios de factibilidad ambiental y sustentabilidad, incluyendo el diseño, elaboración y seguimiento de planes de mejora y de fortalecimiento ambientales; f) La comercialización, distribución, promoción, transporte, montaje, instalación, almacenaje, importación y exportación, reparación, asistencia técnica, asesoramiento, intermediación, contratación, difusión de cualquier tipo de productos relacionados con la transferencia y la informática, incluido el Hardware y el Sofware; g) La creación, gestión, tratamiento, promoción, comercialización y consultorías de productos relacionados con la informática y las comunicaciones, incluido el Hardware, el Software, equipamientos auxiliares, los contenidos y datos; h) El diseño, generación y producción de contenidos audiovisuales, producciones publicitarias, videoclips, videos corporativos, videos virales, en medios físicos o digitales, spots para televisión, contenidos multimedia e interactivos para su distribución a través de la televisión digital terrestre, internet, telefonía móvil, etc, o para su explotación multisoporte; i) El diseño, creación y producción de contenidos digitales audiovisuales aplicando nuevas tecnologías, incluyendo los nuevos soportes y su posterior distribución en las nuevas ventanas de exhibición; y j) Todas las demás materias directa o indirectamente relacionadas con el objeto social que los socios acuerden realizar. Capital social: $3.000.000.-, dividido en 300.- acciones, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno, sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, íntegramente suscrito y pagado, Alejandro Andrés Durán Astorga, 240 acciones, que representan el 80% del capital social; y Andrea Paz Cantillano Arcos, 60 acciones, que representan el 20% del capital social. Administración, En tanto no sea designado el administrador, la administración, representación y uso de la razón social, será ejercida por los accionistas ALEJANDRO ANDRES DURAN ASTORGA y ANDREA PAZ CANTILLANO ARCOS, los que podrán actuar indistintamente en forma conjunta o separada con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, se encuentran investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta general de accionistas. Demás estipulaciones en escritura que extracto.- Concepción, Marzo 22 de 2019.-