MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO EDUCACIONAL INFANTIL LELIANTÚ LIMITADA

RUT 76816075-9 CVE 1566112
Fecha instrumento
14 de marzo de 2019
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
14 de marzo de 2019
Notario
ante don ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER
Domicilio
Titular don JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS
Comuna
Ñuñoa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado Notario Público titular de la Primera Notaria de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval número mil setecientos cuarenta y cinco, oficina B. Región Metropolitana de Santiago, certifico que hoy ante mí, por escritura pública, MICHELLE ALEJANDRA FARÍAS LOPEZ DE MATURANA, chilena, soltera, cientista política, cédula de Identidad número catorce millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y tres guion uno, con domicilio en monseñor Eyzaguirre trescientos departamento ochenta y uno, Comuna de Ñuñoa, VICTORIA MARCELA FARIAS VALDES, chilena, soltera, profesora, cédula de Identidad número ocho millones ochocientos sesenta y un mil ciento veintidós guion cinco, JACOB SALOMÓN BUSTOS HENRÍQUEZ, chileno, divorciado, profesor, cedula de identidad número ocho millones seiscientos siete mil novecientos ocho guion nueve, ambos con domicilio en Vicente Valdés número ochenta y nueve departamento veintidós, Comuna La Florida, de paso por ésta, exponen; que por escritura pública de fecha primer día del mes de Diciembre del año dos mil diecisiete, ante don ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER, abogado, Notario Público suplente del Titular don JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, de este oficio, se constituyó, sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “CENTRO EDUCACIONAL INFANTIL LELIANTÚ LIMITADA”, cuyo extracto figura inscrito a fojas noventa y dos mil ciento ochenta numero cuarenta y nueve mil doscientos setenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raicéis de Santiago del año dos mil diecisiete y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile dentro del plazo legal. El capital social fue la suma de un millón de pesos. A la fecha la sociedad señalada precedentemente no ha sido objeto modificaciones. A la fecha de hoy los únicos y actuales socias de la sociedad son: a) doña MICHELLE ALEJANDRA FARÍAS LOPEZ DE MATURANA, con un treinta y tres coma treinta y cuatro de los derechos sociales; b) doña VICTORIA MARCELA FARIAS VALDES, con un treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales; c) don JACOB SALOMÓN BUSTOS HENRÍQUEZ, con un treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales. acuerdan aumentar el capital social de la sociedad “CENTRO EDUCACIONAL INFANTIL LELIENTÚ LIMITADA”, en la suma de cinco millones de pesos. En consecuencia el capital de la sociedad que ascendía a la suma de UN MILLON DE PESOS, íntegramente pagado queda en la suma de CINCO MILLONES DE PESOS. a través del aumento de capital que se efectúa mediante el aporte al que se obligan los socios y de la forma que se señala: doña MICHELLE ALEJANDRA FARÍAS LOPEZ DE MATURANA, aporta la suma de millón trescientos treinta y tres mil pesos, de los cuales entera en este acto, de contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social la suma de trescientos treinta y tres mil pesos; doña VICTORIA MARCELA FARIAS VALDES, aporta la suma de millón trescientos treinta y tres mil pesos, de los cuales entera en este acto, de contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social la suma de trescientos treinta y tres mil pesos; don JACOB SALOMÓN BUSTOS HENRÍQUEZ, aporta la suma de millón trescientos treinta y tres mil pesos, de los cuales entera en este acto, de contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social la suma de trescientos treinta y tres mil pesos. En virtud del aumento de capital señalado precedentemente las partes vienen en modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a cinco millones de pesos, que se ha pagado como sigue: a) El capital de la sociedad es la suma de cinco millones, que los socios enteran de la siguiente forma: a) doña MICHELLE ALEJANDRA FARÍAS LOPEZ DE MATURANA, aporta un millón seiscientos sesenta y seis mil, en este acto y en dinero efectivo, equivalentes al treinta y tres coma treinta y cuatro de los derechos sociales; b) doña VICTORIA MARCELA FARIAS VALDES, aporta un millones seiscientos sesenta y seis mil pesos, en este acto y en dinero efectivo, equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales; don JACOB SALOMÓN BUSTOS HENRÍQUEZ, aporta un millón seiscientos sesenta y seis mil pesos, en este acto y en dinero efectivo, equivalentes al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales.: En todo lo que no haya sido modificado por la presente escritura, quedan plenamente vigentes las estipulaciones de los estatutos del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 14 de marzo 2019.-