CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Benjamín Limitada

CVE 1566373
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de marzo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2019
Notario
de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de 20 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos sucesivos de 3 años cada uno

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la compra, venta, explotación y comercialización de productos, por cuenta propia o de terceros, en predios agrícolas, ganaderos y forestales, pudiendo desarrollarlos, ya sea en predios de su propiedad, arrendados o cualquiera sea la tenencia de los mismos; y, en general, la compra, venta, importación o exportación de productos agrícolas y pecuarios; entendiéndose especialmente incluidos en ellos la exportación, explotación o aprovechamientos agroforestales de predios rústicos propios o ajenos, la siembra, cultivo y cosecha de productos o subproductos agrícolas de cualquier tipo, la administración y explotación en todas sus formas de terrenos agrícolas; el transporte y en general la comercialización de todos los productos y subproductos agrícolas a que se hace referencia

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don Juan Adolfo Chomali Garib, a doña Bernardita Genoveva Kattan Said, a don Jorge Lucas Chomali Kattan, a don Matías Andrés Chomali Kattan, a don Diego Adolfo Chomali Kattan, y a don Juan Luis Chomali Kattan; pudiendo actuar individualmente don Juan Adolfo Chomali Garib, y)o doña Bernardita Genoveva Kattan Said, o bien conjuntamente tres cualquiera de los cuatro socios restantes, quienes contarán con amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente, de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de marzo del año 2019, ante mí: i) don Juan Adolfo Chomali Garib; ii) doña Bernardita Genoveva Kattan Said; iii) don Jorge Lucas Chomali Kattan; iv) don Matías Andrés Chomali Kattan; v) don Diego Adolfo Chomali Kattan; y, vi) don Juan Luis Chomali Kattan, todos domiciliados para estos efectos en calle Camino Cerro Largo número 10.420, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: El nombre o razón social será “Agrícola Benjamín Limitada” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo el nombre de fantasía “Agrícola Benjamín Ltda.”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la compra, venta, explotación y comercialización de productos, por cuenta propia o de terceros, en predios agrícolas, ganaderos y forestales, pudiendo desarrollarlos, ya sea en predios de su propiedad, arrendados o cualquiera sea la tenencia de los mismos; y, en general, la compra, venta, importación o exportación de productos agrícolas y pecuarios; entendiéndose especialmente incluidos en ellos la exportación, explotación o aprovechamientos agroforestales de predios rústicos propios o ajenos, la siembra, cultivo y cosecha de productos o subproductos agrícolas de cualquier tipo, la administración y explotación en todas sus formas de terrenos agrícolas; el transporte y en general la comercialización de todos los productos y subproductos agrícolas a que se hace referencia. Capital: El capital social es la suma única y total de $10.000.000, los cuales serán pagados por sus socios, dentro del plazo de un año contado desde fecha de escritura que se extracta, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Juan Adolfo Chomali Garib, con $1.000.000, equivalentes al 10% del capital social; ii) doña Bernardita Genova Kattan Said, con $1.000.000, equivalentes al 10% del capital social; iii) don Jorge Lucas Chomali Kattan, con $2.000.000, equivalentes al 20% del capital social; iv) don Matías Andrés Chomali Kattan, con $2.000.000, equivalentes al 20% del capital social; v) don Diego Adolfo Chomali Kattan, con 2.000.000, equivalentes al 20% del capital social; y, vi) don Juan Luis Chomali Kattan, con 2.000.000, equivalentes al 20% restante del capital social. Duración: La duración de la sociedad será de 20 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos sucesivos de 3 años cada uno. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don Juan Adolfo Chomali Garib, a doña Bernardita Genoveva Kattan Said, a don Jorge Lucas Chomali Kattan, a don Matías Andrés Chomali Kattan, a don Diego Adolfo Chomali Kattan, y a don Juan Luis Chomali Kattan; pudiendo actuar individualmente don Juan Adolfo Chomali Garib, y/o doña Bernardita Genoveva Kattan Said, o bien conjuntamente tres cualquiera de los cuatro socios restantes, quienes contarán con amplias facultades de administración. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Socios declaran responsabilidad limitada al monto de sus aportes efectuados. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 22 de marzo de 2019.