AGP NEUMÁTICOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de marzo de 2019
- Repertorio
- 1775-2019
- Notario
- TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
- Oficio
- Quinta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mi suplente, don Fernando Patricio Aqueveque Arellano, con fecha 07 de marzo de 2019, Repertorio 1775-2019, don PABLO FELIPE MOYA GUERRA, domiciliado en calle 30 Oriente N° 1528 oficina 302, Talca, en representación de don Andrés Alfredo González Pérez, domiciliado en kilómetro 7, Viñales, Constitución y de don Henry Damian González Pérez, domiciliado en kilómetro 7, camino a San Javier, Constitución, rectificó modificación y transformación de sociedad AGP NEUMÁTICOS SpA, Rut Nº 76.248.710-1, constituida por escritura pública de 28 de enero de 2005, otorgada ante el Notario Público de Constitución, don Alvaro Gonzalo Mera Correa, cuyo extracto se inscribió a fojas 11 vuelta N° 11 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, del año 2005, y, publicado en el LIMITADA, con un capital de $10.000.000. Modificada por escritura pública de fecha 13 de abril de 2018, otorgada ante el Notario Público de Constitución, don Alvaro Gonzalo Mera Correa, cuyo extracto se inscribió a fojas 70 vuelta N° 44 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, del año 2005, y, publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de marzo de 2018.- Modificada y transformada por escritura pública de 12 de diciembre de 2018, otorgada ante el Notario Público de Constitución, don Alvaro Gonzalo Mera Correa, cuyo extracto se inscribió a fojas 197 vuelta N° 125 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, del año 2018, y, publicado en el Diario Oficial con fecha 19 de diciembre del año 2018. Por el presente acto, se rectifica la escritura de Modificación y Transformación de fecha 12 de diciembre de 2018, ya singularizada, en el siguiente sentido: En la cláusula PRIMERO, DONDE DICE: “posteriormente AGP NEUMATICOS LIMITADA, fue modificada por escritura pública con fecha trece de Abril del Año dos mil dieciocho, suscrita ante notario público de constitución don ALVARO GONZALO MERA CORREA, el extracto fue inscrito a fojas setenta, numero cuarenta y cuatro del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Constitución de año dos mil cinco y publicada en el Diario Oficial con fecha diecinueve de Abril del año dos mil dieciocho.-”, DEBE DECIR: “posteriormente AGP NEUMATICOS LIMITADA, fue modificada por escritura pública con fecha trece de abril del año dos mil dieciocho, suscrita ante Notario Público de Constitución don Alvaro Gonzalo Mera Correa, el extracto fue inscrito a fojas setenta, numero cuarenta y cuatro del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Constitución del año dos mil dieciocho y publicada en el diario oficial con fecha diecinueve de abril del año dos mil dieciocho.-”.- En todo lo no rectificado la escritura de Modificación y Transformación permanece constante.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 21 de marzo de 2019.