TRANSPORTES CERRO GORDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2019
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7955, certifica: Por escritura pública otorgada 11 de marzo de 2019, ante mí, ACF MINERA S.A., NITRATOS DE LAGUNAS LIMITADA y ACF NITRATOS S.A., todos domiciliados para estos efectos en calle Los Militares número 5890, oficina 501, comuna de Las Condes y de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “Cesión de derechos y modificación de sociedad TRANSPORTES CERRO GORDO LIMITADA”, sociedad inscrita fojas 76.714 número 39.272 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, y acordaron: 1. Cesión derechos: NITRATOS DE LAGUNAS LIMITADA vende, cede y transfiere a la sociedad ACF NITRATOS S.A., la que compra, acepta y adquiere para sí, el 1% del total de los derechos sociales de la sociedad TRANSPORTES CERRO GORDO LIMITADA, ingresando como socia a la sociedad, ingreso que es aceptado expresamente por los restantes socios. Precio y condiciones venta escritura extractada. 2. Modificaciones sociales: Consecuencia, socios acuerdan modificar artículo quinto estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma única y total de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) la sociedad ACF MINERA S.A. aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social, que enterará en dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde el día once de septiembre del año dos mil dieciocho, debidamente reajustado según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre dicha fecha y la de pago efectivo del monto comprometido; y b) la sociedad ACF NITRATOS S.A., aporta la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social, que enterará en dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde el día once de septiembre del año dos mil dieciocho, debidamente reajustado según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre dicha fecha y la de pago efectivo del monto comprometido.” Demás estipulaciones constan escritura extractada. 11 de marzo 2019. M. Medina R. Notario Público.