TERMINAL DE BUSES PEDRO ARRIAGADA CORREA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2019
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Curicó
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Podrá tomar concesiones de líneas de transporte de pasajeros urbanos, crearlas, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el transporte en cualesquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales y toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro antes señalado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 20 de Marzo de 2019, don PEDRO SEGUNDO ALBERTO ARRIAGADA CORREA, chileno, viudo, de 73 años de edad, domiciliado en calle Colón Nº1396-B, comuna de Curicó, constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- Nombre: “TERMINAL DE BUSES PEDRO ARRIAGADA CORREA E.I.R.L.”.- Nombre de fantasía “TERMINAL DE BUSES MILLENNIUM E.I.R.L.”.- Capital: $20.000.000.- aportados al contado y en dinero efectivo.- Objeto: Podrá tomar concesiones de líneas de transporte de pasajeros urbanos, crearlas, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el transporte en cualesquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales y toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro antes señalado.- Domicilio: Comuna de Curicó, sin perjuicio sucursales, representaciones o agencias en el país o en el extranjero.- Duración: Indefinida, a contar fecha escritura.- Constituyente limita su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 21 marzo 2019.-