LITRE SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2019
- Repertorio
- 10018/2019
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2019, Repertorio N° 10.018/2019, ante mí Allibera Inversiones Limitada y Boscos D’Ultramar S.L., en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad LITRE SpA (la “Sociedad”), modificaron los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: a) modificó el objeto de la Sociedad en el sentido de adecuarlo a la legislación eléctrica vigente. Por lo anterior, se reemplazó en su totalidad el Artículo Segundo de los estatutos de la Sociedad, por la siguiente redacción: “Artículo Segundo:- El objeto de la Sociedad será: /a/ la gestión, desarrollo e inversión de todo tipo de proyectos de energías limpias o renovables, en especial fotovoltaica, en Chile, ya sea por cuenta propia o de terceros; /b/ la ingeniería, suministro, fabricación, montaje, venta y post venta de proyectos, energía, sistemas o equipos de generación de energía eléctrica por medios solares, eólicos, calóricos o térmicos; c) prestar todo tipo de servicios, asesorías y consultorías en materias económicas, financieras, de inversión, de administración y dirección corporativa, contables, tributarias, inmobiliarias y de capacitación, pudiendo prestar todo tipo de servicios de outsourcing a terceros en las materias indicadas, relacionadas con el desarrollo de los proyectos energéticos antes mencionados; d) la realización de inversiones, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; /e/ La generación de energía eléctrica, ya sea directa o indirectamente, mediante la ingeniería, suministro, fabricación, montaje, venta y post venta de proyectos, energía, sistemas o equipos de generación de energía eléctrica por medios solares, eólicos, calóricos o térmicos y /f/ cualquier otra actividad que los accionistas convengan y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2019.