MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HILTI CHILE LIMITADA

RUT 84708300-K CVE 1565525
Fecha instrumento
7 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de marzo de 2019
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

”. En lo no modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular 43º Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 7 de marzo de 2019, ante mí, don Guillermo Mackenna Echaurren, chileno, casado, abogado, Rut: 4.815.659-2, quien actúa en representación de HILTI - FINANZ GmbH, sociedad constituida y existente de conformidad con la legislación de Suiza, y doña Maria Magdalena Krauss Echeverría, chilena, casada, abogada, Rut: 15.381.649-2, quien actúa en representación de HILTI AKTIENGESELLSCHAFT, sociedad constituida y existentes de conformidad a las leyes del Principado de Liechtenstein, todos domiciliados para estos efectos en Cerro el Plomo número cinco mil ochocientos cincuenta y cinco, piso diecisiete, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron sociedad "HILTI CHILE LIMITADA", en la que se acordó modificar sociedad en los siguientes términos: Actuales socios modifican cláusula 3° de los estatutos reemplazándola por siguiente: “El objeto de la sociedad es: “a) la compraventa, arrendamiento con opción o sin opción de compra, fabricación, distribución, representación, licenciamiento, comercialización de todo tipo de productos y herramientas de fabricación nacional o extranjera, incluidos software y sistemas de tecnología, ya sea por cuenta propia o ajena, la importación y exportación de ellos; b) proveer y prestar toda clase de servicios, en especial tecnológicos o de ingeniería, así como proveer y prestar consultorías y asesorías que digan relación con los productos que comercialice la empresa; y c) realizar y llevar a cabo cualquier toda otra actividad que los socios acuerden y en general, llevar a cabo todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes para el mejor cumplimiento del objeto social.”. En lo no modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de marzo de 2019.-