MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES ALECAT LIMITADA

RUT 76361489-1 CVE 1564594
Capital
$50.990.000 CLP
Fecha instrumento
20 de marzo de 2019
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2019
Notario
Ricardo Fontecilla Gallardo
Oficio
Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$50.990.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico por escritura del dos de Marzo de 2019, CARLOS ENRIQUE WALTER NARVÁEZ GAETE, CRISTÓBAL ANDRÉS NARVÁEZ RUIZ, IGNACIO JAVIER NARVÁEZ RUIZ, y CATALINA BELÉN NARVÁEZ RUIZ, todos domiciliados en calle Manuel Montt número 96, Llanquihue; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “TRANSPORTES ALECAT LIMITADA”, también “ALECAT LTDA.”, inscrita a fojas cuarenta y ocho vuelta número cuarenta y ocho en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, del año 2014, con un capital social de $50.990.000. Ingresa a la sociedad Catalina Belén Narváez Ruiz, quien compra a Carlos Enrique Walter Narváez Gaete, la cuota acciones y derechos sociales que representan el cinco por ciento del capital social. Asimismo Carlos Enrique Walter Narváez Gaete, vende, cede y transfiere, a los socios Cristóbal Andrés Narváez Ruiz, y don Ignacio Javier Narváez Ruiz, la cuota acciones y derechos sociales que les permita ser titulares del cinco por ciento del capital social cada uno. En consecuencia el capital social ha quedado distribuido, entre los únicos socios, de la siguiente forma: Carlos Enrique Walter Narváez Gaete, titular del 85%; Cristóbal Andrés Narváez Ruiz, titular del 5%; Ignacio Javier Narváez Ruiz, titular del 5%; y Catalina Belén Narváez Ruiz titular del 5%; quienes acuerdan que las utilidades y eventuales pérdidas, determinadas por el balance, se distribuirán entre los socios en la forma señalada en la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Llanquihue, 20 de Marzo de 2019.-