CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL LATTE LIMITADA

RUT 9890515-4 CVE 1564998
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de marzo de 2019
Notaría
Chillán
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2019
Notario
Juan Armando Bustos Bonniard
Oficio
3° Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de CHILLAN
Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de CINCO años, contados desde la fecha de la escritura. Vencido este plazo, se entenderá prorrogada automáticamente por períodos de tres años, a menos que, alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo período

Objeto social

El objeto de la sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la explotación comercial del giro de restaurantes, cafeterías, pastelería, panadería, fábrica de empanadas, gelatería, pizzería y similares; locales de venta de alimentos y bebidas, sean propios, ajenos, administrados o en concesión; venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos y tabaco entre otros; la producción y administración de eventos sociales, comerciales y de distracción y)o recreativos; la prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicio de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; fabricación de productos de confitería; venta al por menor de productos de panadería y pastelería; de todos los actos y contratos comprendidos dentro del giro ordinario de la sociedad o que sean necesarios o conducentes a la consecución de sus fines, y en general, cualquier otra actividad relacionada o no con la anterior que los socios decidan libremente ejecutar, y toda actividad o fin relacionada con las anteriores, así como todos los giros que permitan las leyes, y en general, realizar cualquier acto, negocio o actividad vinculada con el área de panadería, pastelería, y pizzería. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Armando Bustos Bonniard, Notario Público Titular 3° Notaría de Chillán, con oficio en Arauco N° 620, certifico. Por escritura pública hoy ante mí: Doña PAULINA VIVIANA CANAHUATE ZUÑIGA, empleada dependiente, C.I. 9.890.515-4, soltera, domiciliada en Yerbas Buenas N° 455 Chillan, y doña SANDRA EUGENIA CANAHUATE ZUÑIGA, empleada independiente, C.I. 10.459.802-1, casada separada totalmente de bienes, domiciliado en Yerbas Buenas N° 455 Chillan. Que constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, con arreglo a la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo, además, presentes las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato.- Nombre o Razón Social.- La razón social será SOCIEDAD COMERCIAL LATTE LIMITADA, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Municipalidades, y otros organismos públicos y-o privados, con el nombre de fantasía de COFFEE LATE LTDA.- Domicilio.- El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de CHILLAN, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país, o del extranjero. Objeto. El objeto de la sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la explotación comercial del giro de restaurantes, cafeterías, pastelería, panadería, fábrica de empanadas, gelatería, pizzería y similares; locales de venta de alimentos y bebidas, sean propios, ajenos, administrados o en concesión; venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos y tabaco entre otros; la producción y administración de eventos sociales, comerciales y de distracción y/o recreativos; la prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicio de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; fabricación de productos de confitería; venta al por menor de productos de panadería y pastelería; de todos los actos y contratos comprendidos dentro del giro ordinario de la sociedad o que sean necesarios o conducentes a la consecución de sus fines, y en general, cualquier otra actividad relacionada o no con la anterior que los socios decidan libremente ejecutar, y toda actividad o fin relacionada con las anteriores, así como todos los giros que permitan las leyes, y en general, realizar cualquier acto, negocio o actividad vinculada con el área de panadería, pastelería, y pizzería. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social.- Administración uso Razón Social. La administración, representación, y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a doña PAULINA VIVIANA CANAHUATE ZUÑIGA quien anteponiendo su firma a la razón social la representara con amplias facultades. Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, la socia doña PAULINA VIVIANA CANAHUATE ZUÑIGA, aportó la suma de $1.800.000, enterado en efectivo, en la caja social en este acto, y B) La socia doña SANDRA EUGENIA CANAHUATE ZUÑIGA, aportó la suma de $2.000.000, enterados en la caja social, en dinero efectivo. En consecuencia quedó íntegramente pagado el capital social.- Utilidades y Perdidas.- Las ganancias y pérdidas se distribuirán entre los socios de acuerdo al porcentaje de sus aportes, un diez por ciento (10%) para la socia doña SANDRA EUGENIA CANAHUATE ZUÑIGA, y un noventa por ciento (90%) para la socia doña PAULINA VIVIANA CANAHUATE ZUÑIGA.- Responsabilidad.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Duración.- El plazo de duración de la sociedad será de CINCO años, contados desde la fecha de la escritura. Vencido este plazo, se entenderá prorrogada automáticamente por períodos de tres años, a menos que, alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo período. Demás estipulaciones escritura extractada. En Chillán a 12 de Marzo del año 2019.