FARIAS Y CASSANELLO, ASESORIAS Y DISEÑO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2018
- Comuna
- Santiago don Patricio Raby Benavente
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Virginia Wielandt Covarrubias, abogado, Notario Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago don Patricio Raby Benavente, Gertrudis Echenique N°30, oficina N°44, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 06 de Septiembre de 2018 ante el Titular, ANA PAULINA FARIAS JORQUERA, domiciliada en calle Almirante Byrd número 2040, comuna de Providencia, Región Metropolitana ERIKA MARCELA CASSANELLO DELGADO y LUIS PATRICIO QUIÑONES VERGARA, estos dos últimos domiciliados en Avenida Carlos Antúnez número 2801 departamento número 30, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada “FARIAS Y CASSANELLO, ASESORIAS Y DISEÑO LIMITADA”, constituida por escritura pública de 13 de julio del año 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de don Pablo Alberto González Caamaño, extracto se inscribió a fojas 56.668 número 33.079 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2015, y se publicó en el modificaciones. Mediante escritura que se extracta doña ANA PAULINA FARIAS JORQUERA vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social de la sociedad “FARIAS Y CASSANELLO, ASESORIAS Y DISEÑO LIMITADA”, a don LUIS PATRICIO QUIÑONES VERGARA, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la compraventa y cesión de derechos señalada es la cantidad de $850.000, que el comprador paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. En virtud de la compraventa y cesión de derechos celebrada precedentemente, se retira de la sociedad Ana Paulina Farias Jorquera. Quedan como únicos socios en la sociedad “FARIAS Y CASSANELLO, ASESORIAS Y DISEÑO LIMITADA”, (1) Doña Erika Marcela Cassanello Delgado, con el 50% de los derechos sociales; y (2) don Luis Patricio Quiñones Vergara con el restante 50% de los derechos sociales. Los socios acuerdan modificar las siguientes cláusulas de los estatutos sociales: (1) Cláusula Segunda, sustituyéndola por la siguiente: “SEGUNDO: El nombre o razón social será “CASSANELLO Y COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo también funcionar y actuar ante cualquier persona natural o jurídica, inclusive con los bancos o ante cualquier autoridad, organismo, servicio o Instituciones del Estado, con el nombre de fantasía “LA BOTICA DE CONFUCIO LTDA.” (2) Cláusula Quinta, sustituyéndola por la siguiente: “QUINTO: El uso de la razón social y la administración corresponderá indistintamente a los socios doña ERIKA MARCELA CASSANELLO DELGADO y don LUIS PATRICIO QUIÑONES VERGARA; quienes podrán ejercerla actuando conjunta o separadamente, anteponiendo la razón social a sus firmas personales, podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con su giro ordinario, con las más amplias facultades y especialmente con las siguientes, que se indican por vía meramente enunciativa, sin que representen limitación y/o restricción alguna de las amplias atribuciones que tienen por la sociedad” las que se encuentran indicadas en escritura que se extracta y, (3) Cláusula Cuarta, relativa al capital de la sociedad, sustituyéndola por la siguiente: “QUINTO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios han aportado de la siguiente manera: a) Doña ERIKA MARCELA CASSANELLO DELGADO, $1.000.000, en dinero, ya enterado a la caja social, que corresponde a un 50% por ciento de los derechos sociales totales; y b) Don LUIS PATRICIO QUIÑONES VERGARA, $1.000.000, en dinero, ya enterado a la caja social, que corresponde a un 50% de los derechos sociales totales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de Noviembre de 2018.- M.V. Wielandt C.N.S.