MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PRODUCTOS QUÍMICOS Y METALÚRGICOS LIMITADA

RUT 76439790-8 CVE 1563529
Fecha instrumento
6 de marzo de 2019

Instrumento

Fecha
6 de marzo de 2019
Repertorio
7864-05
Notario
JORGE OGALDE VERDUGO
Domicilio
titular señora MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ

Sociedad

Ley aplicable
ley 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE OGALDE VERDUGO, Notario Público, suplente de la titular señora MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ, Comuna Concepción, Octava Región, O’Higgins Nº599, certifica: Por escritura pública 06 Marzo 2019, ante la Notario Titular oficio, don MARIO FERNANDO HERNÁN CAMAÑO ARAYA, chileno, Ingeniero de Ejecución Industrial, C.I. 8.896.844-1; doña JACQUELINE VALERIA ORTIZ GONZÁLEZ, chilena, profesora, C.I.:9.107.258-0, ambos casados entre sí y separados totalmente de bienes; y doña DANIELA ANDREA CAMAÑO ORTIZ, chilena, soltera, fonoaudióloga, C.I.:16.763.752-3; todos domiciliados en calle José Del Carmen Vásquez Nº541, Tomé, exponen: Que los comparecientes, constituyeron la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “SOCIEDAD PRODUCTOS QUÍMICOS Y METALÚRGICOS LIMITADA” Rut Nº 76.439.790-8, por escritura pública otorgada ante el Notario de la ciudad de Santiago don Humberto Santelices Narducci con fecha 30 Diciembre 2005, Repertorio Nº 7864-05, publicada en el Diario Oficial con fecha 9 Enero 2006, Nº38.358 y cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con fecha 10 Enero 2006 a fojas 65 vuelta, Nº53, año 2006, repertorio Nº392. Modificada por escritura pública otorgada ante el mismo Notario con fecha 8 Marzo 2006, Repertorio Nº1089-2006, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con fecha 10 Marzo 2006 a fojas 530, Nº389 año 2006, repertorio Nº2995 y publicada en el Diario Oficial con fecha 11 Marzo 2006, Nº38.411. Modificada por escritura pública otorgada ante el Notario de la ciudad de Concepción don Jorge Condeza Vaccaro con fecha 2 Diciembre 2008, repertorio Nº2850, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con fecha 16 Diciembre 2008 a fojas 2.292 vuelta, Nº2.246, del año 2008, repertorio Nº 15.368 y publicada en el Diario Oficial con fecha 18 Diciembre 2008, Nº39.240.-Compraventa de derechos: La socia doña DANIELA ANDREA CAMAÑO ORTIZ vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones, las que equivalen al 5% de su participación en la sociedad al socio Mario Fernando Hernán Camaño Araya, quien acepta, adquiere y recibe; de manera tal que a contar de la fecha de la presente escritura, la socia vendedora resulta total y completamente desvinculada de la sociedad, tanto activa como pasivamente.- Precio de Venta: Es la suma de $1.600.000.- los que se pagan en este mismo acto en dinero efectivo. Aceptación: doña Jacqueline Valeria Ortiz González, declara que conoce, acepta y aprueba lo estipulado en la compraventa precedente.- Socia doña JACQUELINE VALERIA ORTIZ GONZÁLEZ, es dueña y propietaria del 55% del total de derechos y acciones de la empresa y vende, cede y transfiere el 90% de sus acciones, las que equivalen al 50% de su participación total en la sociedad al socio Mario Fernando Hernán Camaño Araya quien acepta, adquiere y recibe. La socia vendedora y cedente queda como dueña y propietaria del 5% del total de sus derechos y acciones en la empresa.- Precio de Venta: Es la suma de $29.000.000.- los que se pagan de la siguiente forma: $6.000.000.- en dinero efectivo, los que fueron entregados con anterioridad a la suscripción del presente instrumento; y con cheques nominativos a nombre de la cedente vendedora, según se detalla en escritura extractada.- Modificación: Se sustituyen los artículos 1º y 6º contenidos en la última modificación de la sociedad de fecha 2 Diciembre 2008 por los siguientes: Artículo Primero: Don Mario Fernando Hernán Camaño Araya y doña Jacqueline Valeria Ortiz González son socios de la sociedad de responsabilidad limitada regida por el presente estatuto y por preceptos contenidos en la ley 3.918 y los Códigos de Comercio y Civil.- Artículo Sexto: De las utilidades y pérdidas corresponderá al socio Mario Fernando Hernán Camaño Araya un 95% y a la socia Jacqueline Valeria Ortiz González un 5%.-Finiquito: Doña Daniela Andrea Camaño Ortiz por una parte y Mario Fernando Hernán Camaño Araya y doña Jacqueline Valeria Ortiz González por otra, se otorgan completo y recíproco finiquito respecto de todas las relaciones y expectativas recíprocas que surgieron o pudieron surgir a causa o con ocasión del contrato de sociedad y de sus respectivas vinculaciones con la empresa, renunciando a toda acción o pretensión derivada de las relaciones jurídicas que concluyen mediante las declaraciones contenidas y registradas en el presente instrumento.- En todo lo no modificado por la presente escritura, tiene perfecta y completa validez escritura de constitución social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, 19 de Marzo de 2019.