CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SIRENA WAVE LIMITADA

CVE 1564067
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2050
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2050
Notario
ante don Nicolas Ignacio Constenla Novoa
Domicilio
las Comunas de Chanco y Pelluhue

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Pelluhue. Socios limitan responsabilidad monto de
Duración
Desde fecha escritura hasta 31 diciembre 2050, prorroga tácita y automática periodos cinco años, según pacto social

Objeto social

El objeto social será el desarrollo de la actividad turística, para cuyo efecto, podrá comprar, comercializar, arrendar, subarrendar, realizar labores de corretaje otra forma explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; realizar eventos y promociones, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma. A estos efectos, podrá dedicarse ejercer la explotación turística centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado con dichas actividades, tal como expendio bebidas alcohólicas analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, presentación espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada que socios acuerden. Igualmente podrá comercializar artículos deportivos, prendas de vestir relacionadas a dicha actividad, participar en la educación y enseñanza del deporte. Podrá desarrollar toda clase de servicios y asesorías a personas jurídicas o naturales, públicas o privadas en todos los campos relacionadas con los giros anteriores. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Por escritura pública de Constitución Sociedad, otorgada en Chanco, con fecha catorce de Febrero de dos mil diecinueve, ante don Nicolas Ignacio Constenla Novoa, Notario Público de las Comunas de Chanco y Pelluhue, certifica: don LUIS MARCOS STUVEN CARVALLO y doña PAULA BEATRIZ TORRES JARA, ambos con domicilio en lote 14, Loteo Santa Ester, Sector Peuño, Curanipe, Pelluhue, constituyeron sociedad responsabilidad limitada “SIRENA WAVE LIMITADA”. Nombre fantasía: “SIRENA WAVE”. Objeto: El objeto social será el desarrollo de la actividad turística, para cuyo efecto, podrá comprar, comercializar, arrendar, subarrendar, realizar labores de corretaje otra forma explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; realizar eventos y promociones, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma. A estos efectos, podrá dedicarse ejercer la explotación turística centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado con dichas actividades, tal como expendio bebidas alcohólicas analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, presentación espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada que socios acuerden. Igualmente podrá comercializar artículos deportivos, prendas de vestir relacionadas a dicha actividad, participar en la educación y enseñanza del deporte. Podrá desarrollar toda clase de servicios y asesorías a personas jurídicas o naturales, públicas o privadas en todos los campos relacionadas con los giros anteriores. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. Capital: $10.000.000. que los socios aportan por partes iguales al contado y en dinero efectivo, por lo que el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración y uso razón social: Corresponderá a PAULA BEATRIZ TORRES JARA con facultades y limitaciones señaladas en pacto social. Duración: Desde fecha escritura hasta 31 diciembre 2050, prorroga tácita y automática periodos cinco años, según pacto social. Domicilio: Pelluhue. Socios limitan responsabilidad monto de aportes. Demás estipulaciones en pacto social. Chanco, 14 de Marzo de 2019.