Comercializadora Access Industrial Technology Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2019
- Notario
- Raúl Undurraga Laso
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir desde la fecha de su escritura de constitución y tendrá una duración de tres años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales, salvo que alguno de los socios de aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que efectuara por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del periodo inicial o la prórroga correspondiente. La liquidación de la sociedad se efectuará por los socios de común acuerdo. 5)
Objeto social
El objeto de la sociedad será ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, arrendar, promocionar publicitar, trasladar, importar y exportar toda clase de artículos mercancía y bienes o servicios; 3)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, Notario Público Titular de la 29ª Notaría de Santiago, Mac-Iver 225, Of. 302, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, doña MARÍA DEL ROCIO KUNDIS, con domiciliado en 8580 Avenida de la Fuente Suite E, San Diego California CP 92154 USA y de paso en ésta y don CARLOS FERNANDO URZÚA REYES, con domicilio en calle Edmundo Pérez Zujovic número 7368 de la Comuna de Antofagasta, Segunda Región, y de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, con las siguientes estipulaciones: 1) Razón Social: "Comercializadora Access Industrial Technology Chile Limitada" pudiendo usar como nombre de fantasía "Acces Chile LTDA.". 2) Objeto: El objeto de la sociedad será ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, arrendar, promocionar publicitar, trasladar, importar y exportar toda clase de artículos mercancía y bienes o servicios; 3) Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país o del extranjero. 4) Duración: La sociedad empezará a regir desde la fecha de su escritura de constitución y tendrá una duración de tres años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales, salvo que alguno de los socios de aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que efectuara por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del periodo inicial o la prórroga correspondiente. La liquidación de la sociedad se efectuará por los socios de común acuerdo. 5) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Doña MARÍA DEL ROCIO KUNDIS la suma de $900.000.- en dinero en efectivo; y b) don CARLOS FERNANDO URZÚA REYES la suma de $100.000.- en dinero en efectivo. Los aportes antes referidos se enterarán por cada uno de ellos, en un lapso de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, a medida que las necesidades sociales lo requieran. 6) La Administración y Uso Razón Social: Corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña MARÍA DEL ROCIO KUNDIS y a don CARLOS FERNANDO URZÚA REYES, quienes anteponiendo la razón social a su firma, representarán y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las facultades señaladas en escritura extractada. 7) Responsabilidad de los Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de Marzo de 2019.