TRANSPORTES JAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2018
- Repertorio
- 8324-2018
- Notario
- HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $9.003.600 CLP
- Duración
- - A mayor abundamiento, se reproduce en este acto, la cláusula tercera referidas a las cesiones de derechos sociales y contenidas en la escritura del día 27 septiembre año 2018 , antes citada que señala: “TERCERO: DE LAS CESIONES Por el presente acto, don ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZALEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere a doña MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS, quien compra, acepta y adquiere para si el cinco por ciento de sus derechos en el total del capital social, pasando dicha cesionaria a ostentar la misma calidad jurídica del cedente incluyendo todas las acciones, haberes y débitos que le correspondían en el porcentaje del capital social indicado.- Doña MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS , declara expresamente que conoce y aprueba el pacto social y sus modificaciones.- El precio de la cesión es la suma de Nueve millones doscientos noventa y seis mil pesos que la cesionaria paga en este acto al cedente a su entera satisfacción. Asimismo, don ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZÁLEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere a INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA, ya individualizada, para quien compra, acepta y adquiere su representante legal el trece coma setenta y cinco por ciento de sus derechos en el total del capital social, pasando dicha cesionaria a ostentar la misma calidad jurídica del cedente, incluyendo todas las acciones, haberes y débitos que le correspondían en el porcentaje del capital social indicado.- INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA , declara expresamente a través de su representante legal, que conoce y aprueba el pacto social y sus modificaciones.- El precio de la cesión es la suma de Veinticinco millones quinientos sesenta y cuatro mil pesos que la cesionaria paga en este acto al contado al cedente que declara recibirlo a su entera satisfacción. En todo lo no saneado rige plenamente pacto social
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, doña SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, chilena, abogado, soltera, cedula nacional de identidad numero cinco millones ochocientos ochenta y dos mil cuarenta y tres guión uno, domiciliada en esta ciudad, calle Almirante Lynch doscientos treinta, en representación don ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZALEZ, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos veinticinco mil doscientos cincuenta y cinco guion cinco domiciliado en Fundo Santa Adela, Los Laureles de la ciudad y comuna de Cunco, SAMUEL ANTONIO SECO GONZALEZ, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta y siete guion dos domiciliado en Molinera Gorbea de Gorbea, JAIME ANDRES SECO GONZALEZ, chileno, empresario, casado separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número siete millones ochocientos sesenta mil ciento treinta y cuatro guion cinco, domiciliado en Temuco, calle Máximo Reyes cero dos mil doscientos veinte, LAURO GONZALO SABUGO PICASSO, chileno, ingeniero civil industrial, casado y separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero trece millones setecientos treinta mil ciento cincuenta y ocho guion k domiciliado en Fundo Santa Ana, cuarta Faja, kilómetro Cuatro comuna de Gorbea, DIEGO ANDRES SECO ROTH, cédula de identidad número dieciséis millones novecientos noventa y siete mil ciento treinta y ocho guion dos, domiciliado en Máximo Reyes numero dos mil doscientos veinte de la ciudad de Temuco, ANDRES MANOLO SECO ROTH, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos veintiséis mil novecientos treinta y ocho guión siete domiciliado en esta ciudad, calle Máximo Reyes dos mil doscientos veinte de la ciudad de Temuco, MANUEL ANTONIO SABUGO PICASSO, cédula de identidad numero quince millones doscientos cuarenta y dos mil ciento cuarenta y dos guion siete, domiciliado en Fundo Santa Ana de Gorbea, PABLO ANDRES SABUGO PICASSO, cédula nacional de identidad numero quince millones quinientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y dos guion ocho, domiciliado en pasaje Poseck numero cero quinientos noventa y cinco, departamento seiscientos uno de la ciudad de Temuco, MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS, cédula nacional de identidad número diez millones siete mil ochenta y seis guión tres, domiciliada en Temuco, calle Máximo Reyes cero dos mil doscientos veinte, Portal de la Frontera de Temuco, e INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA, Rut numero setenta y seis millones ciento noventa y ocho mil setecientos ochenta y cinco guion dos, representada por don Jaime Andrés Seco González chileno, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos sesenta mil ciento treinta y cuatro guion cinco, ambos domiciliados Temuco, calle Máximo Reyes cero dos mil doscientos veinte, conforme ley 19.499 sanea vicios de nulidad que adolece la escritura cesión de derechos y modificación de sociedad TRANSPORTES JAS LIMITADA, fecha 27 septiembre de 2018 y escritura saneamiento fecha 14 diciembre de 2018 ambas otorgadas ante este mismo notario y respectivos extractos; Capital de sociedad $9.003.600.- Compareciente sanea vicios nulidad eliminando del extracto de modificación publicado edición Diario Oficial número 42.217 fecha 29 noviembre 2018 nombre y datos personales de don Alejandro Quirino Seco González ; Respecto a escritura de complementación y saneamiento de fecha 14 diciembre 2018 señala que sociedad que fue objeto de modificación social y a que se refiere escritura otorgada día 27 septiembre año 2018 , repertorio 8.324-2018 es la sociedad “TRANSPORTES JAS LIMITADA” y agrega al extracto de saneamiento, publicado en la edición del Diario oficial número 42.258 de 19 enero de 2019 los domicilios de todos los socios y elimina del referido extracto lo relacionado con la complementación que se hizo fuera de plazo .- A mayor abundamiento, se reproduce en este acto, la cláusula tercera referidas a las cesiones de derechos sociales y contenidas en la escritura del día 27 septiembre año 2018 , antes citada que señala: “TERCERO: DE LAS CESIONES Por el presente acto, don ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZALEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere a doña MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS, quien compra, acepta y adquiere para si el cinco por ciento de sus derechos en el total del capital social, pasando dicha cesionaria a ostentar la misma calidad jurídica del cedente incluyendo todas las acciones, haberes y débitos que le correspondían en el porcentaje del capital social indicado.- Doña MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS , declara expresamente que conoce y aprueba el pacto social y sus modificaciones.- El precio de la cesión es la suma de Nueve millones doscientos noventa y seis mil pesos que la cesionaria paga en este acto al cedente a su entera satisfacción. Asimismo, don ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZÁLEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere a INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA, ya individualizada, para quien compra, acepta y adquiere su representante legal el trece coma setenta y cinco por ciento de sus derechos en el total del capital social, pasando dicha cesionaria a ostentar la misma calidad jurídica del cedente, incluyendo todas las acciones, haberes y débitos que le correspondían en el porcentaje del capital social indicado.- INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA , declara expresamente a través de su representante legal, que conoce y aprueba el pacto social y sus modificaciones.- El precio de la cesión es la suma de Veinticinco millones quinientos sesenta y cuatro mil pesos que la cesionaria paga en este acto al contado al cedente que declara recibirlo a su entera satisfacción. En todo lo no saneado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 08 de Marzo de 2019.