CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MÉDICA OFTALMOLÓGICA MITTERSTEINER BAEZA LIMITADA

CVE 1562164
Fecha instrumento
14 de marzo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de marzo de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Domicilio
Temuco, Región de La Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco
Duración
empezará a regir con fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, forma establecida en escritura

Objeto social

a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, oftalmología y tecnología médica, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. b) Dar clases y)o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha once de Marzo de dos mil diecinueve, ante mí, don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, chileno, casado, médico cirujano, especialista en oftalmología, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veintinueve guion cuatro; y doña CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA, chilena, tecnólogo médico, casada bajo el régimen de sociedad conyugal, quien actúa en el ejercicio de su patrimonio reservado de mujer casada, en los términos del artículo ciento cincuenta del Código Civil, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos ochenta y tres mil trescientos setenta y siete guion ocho, ambos con domicilio en calle Dieciocho de Septiembre número seiscientos veintidós, departamento mil trescientos cinco guion A, comuna y ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD MÉDICA OFTALMOLÓGICA MITTERSTEINER BAEZA LIMITADA”, nombre de fantasía “MITTERSTEINER BAEZA LTDA”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, facultades en pacto social.- CAPITAL: QUINIENTOS MIL PESOS, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: UNO) don DIEGO MATTHIAS MITTERSTEINER THOMAS, aporta la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en acto escritura, correspondiéndole por tanto, el SETENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; DOS) Doña CAMILA NICOLE BAEZA HERMOSILLA, aporta la suma de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en acto escritura, correspondiéndole por tanto, el TREINTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, oftalmología y tecnología médica, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. b) Dar clases y/o cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios o similares, tanto en entidades públicas como privadas sobre las áreas descritas. DURACION: empezará a regir con fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, forma establecida en escritura.- DOMICILIO: Temuco, Región de La Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Marzo de 2019.-